Proyecto de reforma de la Policía Nacional busca fortalecer su carácter civil y transformación profunda

Después de varios intentos en 30 años de quitarle el carácter militar, se busca un cambio de fondo en la institución que responda a las condiciones de la sociedad y de la democracia.

Bogotá, D.C., 9 de octubre de 2020 (Prensa bancada de oposición).- Congresistas de la oposición radicaron un proyecto de ley que pretende reformar profunda y efectivamente a la Policía Nacional. La iniciativa busca darle el carácter civil y que no siga perteneciendo al Ministerio de Defensa.

Según los congresistas pese al carácter civil de la Policía Nacional establecido en la Constitución de 1991, persiste la militarización de este cuerpo de seguridad. “Por eso, su accionar sobre situaciones cotidianas de la sociedad y de la democracia -como los conflictos entre vecinos, el uso del espacio público por jóvenes y actos de protestas- son tratados desde una órbita militar. Son guiados por la doctrina del enemigo interno que persiste en la instrucción que se imparte a los cuerpos de seguridad del país”, señalan.

Además, las abrumadoras cifras y hechos de violencia policial han incidido en la confianza y percepción de la ciudadanía sobre la Policía Nacional. Según la última encuesta Gallup Poll, de Invamer, pasó de tener el 75% de imagen favorable en abril al 40% en junio de 2020.

“Esto confirma que la institución requiere una transformación profunda para revivir su connotación civil y, por ende, responda a las necesidades de una sociedad realmente democrática en etapa de posconflicto y de construcción de paz” anunciaron los congresistas.

En 1953, durante la dictadura del general Gustavo Rojas Pinilla, la Policía pasó de tener unos cuerpos municipales y adscritos al Ministerio de Gobierno, para ser una institución de carácter militar, centralizada y dependiente del entonces Ministerio de Guerra, hoy Ministerio de Defensa. Con este cambio institucional, la formación y el régimen de carrera de un cuerpo cuya naturaleza debe ser civil se asimiló e igualó a uno militar con funciones civiles.

El proyecto que consta de 29 artículos tiene como propuestas centrales el fortalecimiento del carácter civil, la prohibición de prácticas y procedimientos arbitrarios e irregulares, la política de reclutamiento y formación, la creación de mecanismos externos de control, depuración de funcionarios y el sistema nacional de participación ciudadana.

La iniciativa recoge las recomendaciones de Naciones Unidas, organismo que ha señalado que “ un aspecto importante de las actividades de reforma institucional en los países en transición son los procesos de depuración destinados a excluir de las instituciones públicas a las personas que carecen de integridad”. Así mismo, el Consejo de Seguridad de este organismo ha destacado que “la reforma del sector de la seguridad en entornos posteriores a los conflictos es fundamental para consolidar la paz y la estabilidad, promover la reducción de la pobreza, el estado de derecho y la buena gobernanza, ampliar la autoridad legítima del Estado y evitar que los países recaigan en el conflicto”.

Adicionalmente, se radicó un proyecto de Acto Legislativo para garantizar que las violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario sean juzgados por la justicia ordinaria y no por la Justicia Penal Militar, en consonancia con la jurisprudencia nacional y las recomendaciones recibidas por organismos internacionales de derechos humanos.

Igualmente, teniendo en cuenta la naturaleza civil de la Policía Nacional, se propone que los crímenes eventualmente cometidos por agentes adscritos a esta institución sean de conocimiento exclusivo de la justicia ordinaria.

En este sentido la Corte Constitucional en sentencia C-444 de 1995 consideró que la naturaleza civil de la Policía Nacional es incongruente con la Justicia Penal Militar.

Asimismo, la Corte en la sentencia C-453/94 con ponencia del magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz, llamó la atención sobre las implicaciones que se derivan del carácter civil que la Constitución le ha atribuido a la Policía.

La iniciativa fu presentada con el respaldo de más de 20 mil firmas de ciudadanos y por los senadores Iván Cepeda, Angélica Lozano, Gustavo Petro, Iván Marulanda, Alexander López, Antonio Sanguino, Jorge Enrique Robledo, Aida Avella, Gustavo Bolívar, Jorge Londoño, Sandra Ortíz, Juan Luis Castro, Wilson Arias, Jose Aulo Polo, Feliciano Valencia, y los Representantes María José Pizarro, Ángela María Robledo, Abel David Jaramillo, Fabián Díaz Plata, Jorge Gómez y Wilmer Leal, León Fredy Muñoz e Inti Asprilla.

La reforma en detalle. Estos son los cambios propuestos en la reforma a la Policía Nacional:

Fortalecimiento del carácter civil de la Policía Nacional
La Policía pasará a depender del Ministerio del Interior
- La Policía no podrá ejercer labores que contemplen acciones o funciones propias de las Fuerzas Militares. Las operaciones de alto riesgo contra personas, grupos u organizaciones criminales o delincuenciales que pongan en riesgo el orden constitucional vigente serán realizadas únicamente por las Fuerzas Militares.
- Se creará una Comisión de Expertos para que en el plazo de 12 meses presenten una reforma al régimen de carrera policial.

a. Prohibición de prácticas y procedimientos arbitrarios e irregulares
- Se crean 9 principios sobre el uso de la fuerza
- Se prohíbe el uso de armas de fuego, salvo en defensa propia o en defensa de terceros en caso de amenaza inminente de muerte o de lesiones graves.
- Se prohíbe el traslado de personas a CAI’s y Estaciones de Policía. Los Centros de Traslado por protección deben ser administrados por las alcaldías municipales y no por la policía.
- Se regula el registro a personas. Este podrá ser solo superficial, externo y no invasivo y deberá responder a los principios de necesidad, razonabilidad, proporcionalidad y legalidad.

b. Política de reclutamiento y formación:
- Se crean 10 principios que regirán la política de reclutamiento de la Policía.
- La Defensoría del Pueblo será la encargada de aprobar los planes de formación en materia de derechos humanos, democracia y paz.

c. Mecanismos de control externo:
- Se elimina la figura del Comisionado Nacional de la Policía y se crea una Auditoría Policial adscrita a la Defensoría del Pueblo, la cual tendrá las funciones de recibir denuncias ciudadanas, presentar denuncias ante autoridades competentes, celebrar audiencias públicas, emitir informes trimestrales y anuales sobre la situación de derechos humanos y la Policía Nacional, crear un registro nacional de faltas de la Policía, entre otras.

d. Depuración de funcionarios:
- Se crea una Comisión Especial para el proceso de depuración y transformación de la Policía Nacional. Esta comisión funcionará por tres años y tendrá la labor de determinar que agentes de policía, sin importar su cargo, serán sujetos de destitución e inhabilidad general o suspensión e inhabilidad especial, por pérdida de confianza, capacidad, habilidad, aptitud, competencia, disposición y lealtad, o por su posible participación en violaciones a los derechos humanos.
- Esta Comisión deberá crear una nueva doctrina para la Policía Nacional basada en el enfoque de seguridad humana y los principios internacionales de derechos humanos.

e. Sistema Nacional de Participación Ciudadana:
- Instalar la Comisión Nacional de Participación Ciudadana, dispuesta en la Ley 62 de 1993, en un plazo no mayor a tres meses una vez se promulgue la ley.
- Para el ejercicio de sus funciones la Comisión Nacional de Policía y de Participación Ciudadana sesionara de forma trimestral y será cita de forma extraordinaria cuando se requiera a solicitud de cualquiera los integrantes de Comisión.
- Las funciones de la Comisión es proponer políticas para fortalecer la acción preventiva de la policía, promover la participación ciudadana, recomendar el diseño de mecanismos, planes y programas para asegurar el compromiso y respeto de los derechos humanos de la policía, entre otros.

 


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