Presidente del Senado ROY BARRERAS radicó proyecto que garantiza seguridad vial y que permitirá salvará vidas. No más muertos inocentes y prevenibles

 Siniestralidad vial es la primera causa de muertes en Colombia, con más de 7.300 víctimas al año:

-La cifra de fallecidos en accidentes de tránsito en 2021 es la mayor reportada en la última década.

 -En ningún caso, los niños menores de diez años podrán viajar como pasajeros en motocicleta.

 Bogotá, agosto 23 de 2022 El presidente del Congreso ROY BARRERAS, radicó junto a Jean Todt, representante de la Organización de Naciones Unidas para la seguridad vial,  el proyecto que garantizará la seguridad vial en Colombia y permitirá salvar la vida de más de 7 mil personas que mueren anualmente, lo que supone un incremento del 35.3% con respeto al 2021 (5.370 muertes). Adicionalmente, 20.825 personas resultaron gravemente lesionadas de las más de 550 mil lesiones corporales que registró el ramo del SOAT. “Todos son muertos inocentes y prevenibles, los siniestros viales siempre ocurrirán, pero se pueden evitar las muertes y las lesiones graves”, aseveró BARRERAS.

El objeto de la ley es garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal y a la salud de los individuos en el sistema de  tránsito y transporte terrestre mediante una movilidad segura, sostenible e incluyente para todos los actores viales, regulando los  principales factores de riesgo que atentan contra la seguridad de las personas en el territorio nacional;  dentro de los perímetros urbanos y en zonas rurales y, reforzando los instrumentos normativos para disuadir las conductas temerarias que ponen en riesgo la vida de las personas en las vías.

En la plenaria de la corporación, ROY BARRERAS hizo un importante llamado a todos los colombianos para garantizar la vida: “es necesario conducir de manera responsable, respetando las señales de tránsito y no excediendo los límites de velocidad. La prevención deber nuestro enfoque”.

Igualmente agregó que “este proyecto garantiza la reglamentación de vehículos WP29. Esto significa que no importen ni fabriquen en Colombia vehículos de mala calidad; en otros países los vehículos tienen garantía de cinturones de seguridad, de frenos ABS y de condiciones de frenado automático. Aquí el mismo vehículo con el mismo modelo y más costoso, carece de esos elementos de seguridad, como si los colombianos fuéramos usuarios de segunda”.

De otra parte, el autor de la iniciativa también enfatizó “que estamos buscando una reglamentación más estricta sobre la construcción y diseño de las vías y su señalización. Y por supuesto, estamos garantizando que la velocidad –que es lo que mata- sea controlada. De manera que en las ciudades de Colombia ningún vehículo pueda andar a más de 50 km por hora y las motocicletas no más de 30 km por hora”.

Finalmente, en cuanto a los requisitos para la expedición de licencia de conducción para vehículos de servicio público, se establece: tener por los menos 21 años cumplidos y, aprobar el examen teórico y práctico de conducción de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte.

 

 

 

 

 

 

 


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