Bogotá D.C., 11 de mayo de 2020 (Prensa Comunicaciones Internas).- En atención a la información que circula en varios medios de comunicación sobre la solicitud de compra de 10.000 tapabocas N95 por parte del Senado de la República, esta entidad hace las siguientes precisiones:
1. La compra de todos los elementos de protección personal que el Senado de la República vaya a realizar se dará en función de la normatividad señalada por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, que adopta el protocolo de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública. La misma definió que es aplicable a todos los empleadores y trabajadores del sector público y privado, en virtud de proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utlizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.
2. El Senado de la República debe velar por la protección y seguridad de todos los funcionarios, contratistas, personal administrativo, de archivo, de atención al público y la de todas sus familias, además de la integridad del personal médico que ejerce funciones en la entidad, así cómo de los Honorables Senadores de la República. La compra de este número de tapabocas se estima en el número de funcionarios y contratistas que tiene la entidad y en el uso de acuerdo a la reactivación progresiva de actividades presenciales, con una provisión de existencia hasta diciembre de 2020
3. Ante las observaciones presentadas, la Dirección Administrativa se permite indicar que el proceso de orden de compra fue cancelado y se ampliarán las consultas (Instituto Nacional de Salud) en pos de salvaguardar la integridad del talento humano de la entidad y las condiciones de compra de estos insumos a mediano plazo.
ASTRID SALAMANCA RAHÍN
Directora General Administrativa
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