Congreso aprobó el derecho a la desconexión laboral

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“El empleador  no debe contactar al trabajador en horas  no laborales”, S. Laura Fortich.

Por: Keir Damián Villero

Bogotá D.C., septiembre 28 de 2021 (Prensa senado).-  En sesión semi-presencial la comisión séptima de senado aprobó la ley que regula la desconexión laboral,  en favor de los trabajadores  del país, con el propósito de  facilitar las relaciones familiares, el buen ámbito laboral y la productividad, así lo explicó la senadora ponente Laura Ester Fortich Sánchez , quien agregó, “esta iniciativa  busca garantizar un derecho a todos los trabajadores a desconectarse de  su trabajo  fuera de la jornada laboral, sea que lo estén haciendo desde su casa, sitio de trabajo o de manera virtual desde algún punto diferente.

La dirigente liberal Fortich Sánchez, destacó las bondades de la iniciativa, “con esta ley se favorece la salud, la familia, la descongestión laboral,  el buen estado  psicológico; en países  como Chile, Francia y España  se han presentado afectaciones mentales, por tal razón han avanzado en legislar sobre  la desconexión laboral”.

Esta ley  489 de 2021 de desconexión laboral,  le falta un debate en plenaria de senado, la congresista fue enfática en afirmar, “para  acabar con la sobrecarga laboral en especial  las mujeres, que se ven afectadas en un 77 %, a diferencia de los hombres en un 56% en temas de atención  médica, asistencia académica a los hijos entre otros, por tal razón se debe establecer un estatuto del trabajo respetando la dignidad humana del trabajador”.   

Los Bomberos  podrán prestar el servicio de ambulancia

Con la ponencia positiva  del senador Gabriel Velazco Ocampo (Centro Democrático),  se aprobó  el proyecto de ley 457 de 2021 senado, donde se autoriza  a los cuerpos de bomberos del país a prestar el servicio de transporte de pacientes en ambulancia  de estas entidades sin que eso implique  competencia con el sector privado.

El senador Carlos Fernando Motoa, manifestó su inquietud  sobre dicho proyecto de ley, “este transporte   no tiene una prohibición,  no veo  porque crear una ley  para  que se faculte a los  bomberos a prestar un servicio de ambulancia  cuando la ley no se los  prohíbe” dijo el senador  de Cambio Radical.

“Sí, es cierto, no está prohibida,  pero solo  se puede desarrollar  por vía decreto de los entes territoriales y la habilitación se demora muchos años, por eso,  se busca  la primacía de la ley sobre el decreto, generando así una reglamentación del servicio, dando claridad  de cómo  direccionar  los recursos al cuerpo bomberil”,  enfatizó el legislador  del Centro Democrático

El senador  ponente Gabriel Velazco del Centro Democrático, aclaró  “esta iniciativa busca favorecer  a personas que se encuentran  en los sitios más alejados del territorio nacional, porque no están conectados debido a la falta  de vías, o carreteras intransitables, facilitando el transporte de enfermos en sus ambulancias”.

El Congresista  Velazco Ocampo (CD)  precisó, “con esta ley los recursos salen del ministerio  del interior y los Bomberos  tendrán la tranquilidad  al prestar el servicio porque   van a recibir los pagos  que hoy les resulta difícil adquirir, de esta forma se habilitarán las  240 ambulancias  ya que hoy solo funcionan 37 en todo el país.

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