Colegios en Colombia implementarán cátedra obligatoria de protección animal y biodiversidad

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La “Ley de Empatía” integra el bienestar animal y la conservación de la biodiversidad al currículo escolar y crea una Red Nacional de Docentes para fortalecer la educación ambiental.

Por: Isabel Colomna Sánchez

Bogotá D.C., 16 de febrero de 2026 (Prensa Senado)

La protección animal y el cuidado de la biodiversidad serán parte obligatoria de la formación en todos los colegios públicos y privados del país.

Con la entrada en vigor de la llamada “Ley de Empatía”, Colombia da un paso estructural en educación ambiental al incorporar estos enfoques en los Proyectos Ambientales Escolares (PRAES), promoviendo desde las aulas una cultura de respeto por los animales, los ecosistemas y la vida.

La norma, impulsada en el Congreso, busca que niños y jóvenes crezcan comprendiendo la relación directa entre el trato ético a los animales, el equilibrio ambiental y el bienestar humano.

Igualmente, se creará una Red Nacional de Docentes, que permita intercambiar experiencias, desarrollar materiales pelágicos y fortalecer la formación de los profesionales en el tema.

Los ministerios de Educación Nacional y de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expedirán dentro de los seis meses siguientes a la sanción de la presente ley, las orientaciones y los lineamientos curriculares para que, en las estrategias de los PRAES, PROCEDAS y CIDEAS se reconozcan e integren los enfoques de protección y bienestar animal y de cuidado y conservación de la biodiversidad, en el marco de la Política Nacional de Educación Ambiental.

Estos ministerios estructurarán y ejecutarán un sistema de seguimiento y evaluación de la implementación de la educación para la protección y el bienestar animal, el cuidado y la conservación de la biodiversidad, en el marco de lo establecido en la presente Ley.

Beneficios

Los estudiantes de educación media de los establecimientos educativos públicos y privados podrán optar por la prestación del servicio estudiantil obligatorio en actividades y/o entidades pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental-SINA y establecimientos públicos o privados dedicados a la protección, bienestar animal y conservación de la biodiversidad, atendiendo a la reglamentación vigente en el marco de la autonomía de la institución educativa.

De la misma manera, la Ley expresa que cada establecimiento educativo deberá fijar los criterios de aceptación, seguimiento y evaluación, garantizando que dichas laborales tengan un enfoque formativo y no sustituyan funciones laborales o administrativas.

Indica que en las orientaciones curriculares y pedagógicas necesarias para la implementación de los enfoques de que trata la ley, se deberá tener en cuenta como mínimo, la relación de interdependencia que existe entre el trato ético a los animales, su protección y bienestar, el cuidado y la conservación de la biodiversidad, el equilibrio de los ecosistemas y la salud y el buen vivir entre los seres humanos y su entorno.

Así, mismo, la norma muestra que deberán incluir estrategias pedagógicas diferenciales en educación básica y media, para que, de manera progresiva y adaptada al proceso y al desarrollo cognitivo de los estudiantes, se les eduque, como mínimo, sobre el trato ético a los animales y las obligaciones de cuidado y respeto que se tienen con ellos.

Los resultados del sistema de seguimiento y evaluación servirán como insumo para la actualización y mejora de las políticas, lineamientos y estrategias pedagógicas relacionadas con la educación ambiental, el bienestar animal y la conservación de la biodiversidad.

La iniciativa legislativa, fue presentada por la senadora Andrea Padilla Villarraga, con el apoyo de una amplia coalición de congresistas, incluyendo a Andrés Felipe Guerra, John Jairo Roldán, Angélica Lozano, Nicolás Echeverry, y otros miembros del Congreso.

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