Recientemente, la Comisión Sexta de Senado aprobó en primer debate un proyecto que condiciona la imposición de comparendos. Aquí le contamos los detalles de la iniciativa.
Por: Luisa María Llano
Bogotá, 9 de mayo de 2025 (Prensa Senado).-“Colombianos, de distintas ciudades, vienen siendo víctimas deun abuso silencioso, un flagelolo que se convierte en una extorsión. Las mal llamadas fotomultas se han convertido en el recaudo de alcaldes y gobernadores y ciertas empresas privadas” dijo con preocupación el senador Julío Elías Vidal, por el partido de La U,cuando rendía ponencia al proyecto de ley que ´le pone el pare´ a las fotomultas.
La iniciativa, que fue aprobada con 11 votos y de forma unánime, trata de dos proyectos acumulados, el 158 de Senado y 220 de Senado, y que juntos buscanregular la imposición de comparendos por infracciones detectadas mediante sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones o control del tráfico.
Para el senador ponente, “la tecnología mal usada puede ser un arma que atenta contra los usuarios. Esto se ha convertido en un negocio y aquí tenemos que darle las garantías a todos los ciudadanos”.
Según el articulado del proyecto, la imposición de comparendos se daría solo si la cámara identifica al conductor infractor. Así mismo, da la posibilidad al conductor a usar su derecho a defenderse y no como ocurre en la actualidad que se le notifica cuando la infracción es un hecho.
La iniciativa tambiénmodifican tres leyes vigentes: la Ley 769 de 2002, Ley 1843 de 2017, Ley 2161 de 2021. Hola para el caso del artículo 2 de la Ley 1843 de 2017 se aclara que los sistemas instalados en vías o vehículos del transporte público solo podrán usarse para detectar invasión de carriles exclusivos o preferenciales.