Entes de control que vigilan a la entidad y mecanismos de supervisión

Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.  La ley 42 de 1993 Artículo 4° Establece “El control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales y municipales y conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en la presente Ley”.

 

Procuraduría General de la Nación

Ejerce, de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.

 

Departamento Administrativo de la Función Pública

El Decreto 188 del 26 de enero de 2004, en el cual consolida la actual estructura administrativa del Departamento Administrativo de la Función Pública. En esta reforma se destacan los siguientes aspectos:

Además de formular y promover las políticas e instrumentos en empleo público, organización administrativa, control Interno, racionalización de trámites, el Departamento deberá evaluar el impacto que las mismas tienen en la Administración Pública.

La integralidad del Sistema de Empleo Público, dimensionándolo y articulándolo, como política de Estado, en los siguientes componentes: Planificación del Empleo, Gestión de las Relaciones Humanas y Sociales, Gestión del Desarrollo, Gestión del Empleo, Gestión del Desempeño, Organización del Empleo; Sistemas de Clasificación y Nomenclatura, Administración de Salarios y Prestaciones Sociales; Democratización de la Administración Pública y Sistema de Desarrollo Administrativo.

 

Contaduría General de la Nación

En relación con el Artículo  354 de la Constitución Política de Colombia, Corresponde al Contador General las funciones de unificar centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las norma contables que deben regir en el país, conforme a la Ley.

 

Comisión Nacional del Servicio Civil

Acorde con el artículo 130 de la Constitución Política Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil, es "responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”.

La Comisión se propone posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; vela por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y genera información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativa.

Mecanismos Internos de Supervision

•    Grupo de trabajo de Control Interno Disciplinario
En la división jurídica del Senado de la República se encentra el grupo de Control Interno Disciplinario, el cual conoce y falla en primera instancia los procesos disciplinarios que deban adelantarse contra los funcionarios y exfuncionarios de la Corporación de acuerdo con las competencias asignadas por la ley.


•    Oficina coordinadora del Control Interno de Gestión

La Oficina de Control Interno del Senado de la Republica, se crea en cumplimiento de la ley 87 de 1993, en desarrollo del precepto definido en el artículo 269 de la Constitución Politica, mediante los cuales se determinó que todas las entidades públicas debían diseñar y aplicar un sistema de control interno en los términos que determinara la ley. De conformidad con la ley sus funciones son:
-    Liderazgo estratégico. 
-    Enfoque hacia la prevención, evaluación de la gestión del riesgo, evaluación y seguimiento.
-    Relación con entes externos de control.


•    Peticiones, Solicitudes, Quejas o Reclamos

Si desea realizar una solicitud de información, queja o reclamo referente a los servidores públicos o a los servicios que ofrece el Senado de la República, por favor diligencie el Formulario de PQRSD.


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