Senado da vía libre a la reactivación económica, lucha contra la evasión, austeridad y eficiencia en gastos y regla fiscal

En plenaria mixta Senado fueron aprobados 9 artículos nuevos que integran la llamada Reforma Tributaria 2021 - Ley de Inversión Social.
Bogotá D.C., 7 de septiembre de 2021. (Prensa Senado).- El Proyecto de Ley número 046 de 2021 Senado, 027 de 2021 Cámara: “Por medio de la cual se expide la Ley de inversión social y se dictan otras disposiciones”, quedó conformado por 64 artículos, de los cuales 9 son nuevos y fueron aprobados en plenaria mixta del Senado de la República.
Esta norma comprende un conjunto de medidas de políticas fiscales que operan en conjunto y se articulan a partir de 5 pilares:
- Medidas en materia de ingreso
- Lucha contra la evasión
- Austeridad y eficiencia en el gasto
- Gasto social y reactivación económica
- Sostenibilidad de las finanzas públicas- regla fiscal.
Al respecto, el senador y ponente de la iniciativa, David Barguil (Partido Conservador) explicó los 9 artículos de la norma que sigue su tránsito legislativo para convertirse en ley de la república.
USO EXCEDENTES DE LIQUIDEZ DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES: Permite, de manera temporal, a las entidades territoriales de categoría especial, primera y segunda utilizar los excedentes de liquidez de recursos con destinación específica, salvo los de destinación constitucional, que no estén respaldando compromisos y obligaciones en la vigencia fiscal en que se utilicen. Establece la obligación de reintegro de estos recursos en la misma vigencia fiscal.
MULTAS DE TRÁNSITO: Establece que dentro de los 4 meses siguientes de vigencia de la ley, la reducción sea del 50% del capital y de los intereses de la deuda, luego se mantiene 50 y luego 80herramientas para facilitar el pago a deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito.
Estas condiciones no se extienden a infracciones de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
APOYO AL SECTOR COMERCIAL E INDUSTRIAL: Indica que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá, en el marco de sus competencias y funciones, implementar, promover y ejecutar planes y programas para fomentar el emprendimiento y la innovación empresarial.
IVA contribuyentes que pertenezcan al Régimen SIMPLE de tributación que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas: Ordena que para el año 2022 no serán responsables del IVA los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas de las que trata el numeral 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario.
Impuesto al Consumo contribuyentes que pertenezcan al Régimen SIMPLE de tributación que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas: Propone que para el año 2022, no serán responsables del Impuesto Nacional al Consumo de restaurantes y bares, los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación -SIMPLE que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas de las que trata el numeral 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario.
FINANCIACIÓN MONTO DE GASTOS 2022: Dispone que los recaudos efectuados durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, las rentas creadas o modificadas con ocasión a la presente ley, deberán ser incorporadas en la parte correspondiente al presupuesto de rentas y recursos de capital de dicha vigencia. Lo anterior, tiene por objeto, equilibrar el presupuesto de ingresos con el de gastos.
REORGANIZACIÓN DEL ARTICULADO: Establece reorganizar y renumerar el articulado del proyecto para que tenga el orden respectivo al final.
DESTINACIÓN RECURSOS DEL IMPUESTO AL CARBONO: Propone que por el término de un año, la destinación de los recursos del impuesto al carbono sean utilizados para actividades de protección, preservación y uso sostenible.
OCAD PAZ: Los recursos de asignación del OCAD PAZ de este bienio 2021 – 2022 serán del 100% como un mecanismo de reactivación.