En proyectos de extracción de recursos naturales se preferirá la mano de obra local, según iniciativa que hace tránsito en Comisión Séptima
También se deberá contar con un mínimo de mujeres y personas en condición de discapacidad.
Bogotá D.C., julio 8 de 2021 (Prensa Senado).- Con ponencia favorable de la senadora liberal Laura Fortich, a partir del próximo 20 de julio cuando inicie la legislatura 2021-2022, la Comisión Séptima abordará el proyecto que establece la vinculación Laboral preferente de la mano de obra local en las regiones y municipios donde se extraen recursos naturales no renovables.
La iniciativa de autoría de los representantes Andrés David Calle Aguas, Silvio José Carrasquilla Torres, Víctor Manuel Ortiz Joya, Juan Diego Echavarría Sánchez, Juan Fernando Reyes Kur, ya cursó sus dos debates reglamentarios en la Cámara de representantes, quedando pendiente su trámite en el Senado, para convertirse en Ley de la República.
El proyecto, que consta de 9 artículos, precisa que en las actividades de exploración, construcción, prospección, montaje y explotación minera e hidrocarburífera, en los departamentos y municipios en donde estas se desarrollen, se preferirá la vinculación laboral de la mano de obra local calificada y no calificada, así como la contratación preferente de bienes y servicios.
Así como la contratación de un mínimo de mujeres o personas con discapacidad al interior de los mencionados proyectos.
Aclara la ponencia para primer debate que “el deber de las personas jurídicas que poseen por función el desarrollo de actividades de industria minera e hidrocarburiferas es el de contratar el 100% de su mano de obra no calificada con personas residente en los municipios del área de influencia del proyecto, en el mismo sentido se establece el deber de priorizar la mano de obra local en la mano de obra calificada”.
Sobre el concepto de recursos naturales, la ponente Fortich, retoma lo enunciado por la Corte Constitucional que indicó: “Se pueden definir los recursos naturales como aquellos elementos de la naturaleza y del medio ambiente, esto es, no producidos directamente por los seres humanos, que son utilizados en distintos procesos productivos. A su vez, los recursos naturales se clasifican usualmente en renovables y no renovables. Los primeros, son aquellos que la propia naturaleza repone periódicamente mediante procesos biológicos o de otro tipo, esto es, que se renuevan por sí mismos. Por el contrario, los recursos no renovables se caracterizan por cuanto existen en cantidades limitadas y no están sujetos a una renovación periódica por procesos naturales”.
Foto de referencia: Ministerio de Ambiente