Las restricciones de pruebas de covid, puede aumentar el riesgo de contagio

Así lo aseguran algunos profesionales de la salud, señalando que la medida de restringir las pruebas, sólo a unos grupos poblacionales, acrecentará el contagio.
Bogotá D.C. enero 25 de 2022 (Prensa Senado). -Ante el contagio por el virus covid-19, el Ministerio de Salud y de Trabajo, expidió una circular, para la entrega de incapacidades médicas.
La cual señala que todas las personas con síntomas de la enfermedad, como flujo nasal, dolor de cabeza, fiebre o malestar general, deberán aislarse durante siete días continuos; para esto no se requerirá la prueba de diagnóstico, excepto las personas mayores de 60 años de edad, pacientes con enfermedades de base, o menores de 3 años de edad.
Profesionales de la salud, indican que la medida de restringir las pruebas, sólo a unos grupos poblacionales, aumenta el riesgo de contagio. El epidemiólogo Jaime Ordoñez, respecto al tema manifestó, “Los 40 mil casos diarios, que en algún momento dijo el presidente que íbamos a tener y posiblemente muchos más, ya no lo vamos a ver, porque no se está haciendo suficientes pruebas para identificarlos, por tanto, aunque esta política tiene como objetivo ser más eficiente en el uso de los recursos, desafortunadamente lo que está generando es aumentar el número de muertes, porque al aumentar la velocidad de trasmisión, hay más enfermos”.
En cuanto a las incapacidades médicas:
Según los nuevos lineamientos, para las incapacidades por covid, no se requieren de prueba PCR o de antígenos, como condición para reintegrarse al trabajo; sin embargo, los expertos recomiendan hacerse la prueba antes de volver a laborar.
La viróloga de la Pontificia Universidad Javeriana, María Fernanda Gutiérrez, solicita “antes de volver al trabajo, las personas puedan hacerse al menos una prueba de antígeno y estar seguros que no están eliminando virus, y que no pueden contagiar a las personas con quien van a trabajar”.
El médico debe indagar si el paciente puede hacer trabajo en casa, teletrabajo, o trabajo remoto, si no es así, deberá expedir la incapacidad por el periodo de aislamiento. El médico Cirujano, Fabián Rodríguez, señala, “en este cuarto pico de pandemia, son síntomas leves en las personas que ya están vacunadas y podría seguir desde casa, con la modalidad de teletrabajo”.
Por otra parte, la circular indica, que las personas asintomáticas que hayan tenido contacto estrecho con personas diagnosticas con covid, y tengan su esquema de vacunación completa, no tendrán necesidad de aislarse y pueden continuar con sus labores cotidianas; pero, si no se han vacunado, deberán hacerse la prueba con resultado positivo, para poder obtener la incapacidad.
Fuente: Noticiero del Senado
Periodista: Ana María Sandoval
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