Delitos sexuales contra los niños no serán conexos con los ilícitos políticos

Dichos ilícitos no harán parte de futuros acuerdos de paz y serán investigados por la justicia ordinaria, según establece proyecto de acto legislativo aprobado. También dan luz verde a proyecto que prohíbe casa por cárcel para procesados por corrupción. 

Bogotá D.C., octubre 7 de 2019. (Prensa Senado). En medio de diversas discusiones para determinar si los delitos sexuales contra los menores serán aplicables de manera retroactiva o no, en la Comisión Primera se logró un consenso para admitir que no cobijará los hechos ocurridos antes de la firma del acuerdo de paz.

De esa forma, 13 senadores votaron a favor del proyecto de acto legislativo y uno lo hizo en contra, lo cual indica que no se afectarán los acuerdos suscritos con las Farc en la Habana, Cuba.

El punto más sensible del proyecto que ha sido debatido en tres sesiones anteriores, fue el relacionado con la aplicación de la norma que fuera de carácter retroactivo, ya que iría en contra del acuerdo de paz, sin embargo se determinó que solo se aplicará a partir de la fecha de la sanción y no será retroactivo, pero dichos delitos no serán objeto de perdón y olvido para futuros acuerdos que se suscriban con grupos armados al margen de la ley.

El senador Roy Barreras (Partido de la U) fue enfático en señalar que dentro del articulado de la iniciativa se debe ser claro en indicar que los delitos de carácter sexual cometidos contra los niños, niñas y adolescentes antes de la firma de paz no se sancionen de acuerdo a lo ya pactado y firmado en los acuerdos de paz con la guerrilla de las Farc, ya que sería destrozar el acuerdo y sería un mal mensaje a quienes se han desmovilizado y se encuentran en el proceso de reinserción.

Así también lo indicó el senador Eduardo Enríquez Maya (Partido Conservador), quien manifestó que en aspectos constitucionales de las leyes y en particular del proyecto que castiga delitos sexuales contra menores, la retroactividad no se aplica en esta norma y no se afecta el proceso de paz.

“No somos enemigos de la paz, quienes hemos votado en favor del proyecto de acto legislativo que castiga delitos sexuales contra los niños y respetamos el acuerdo de paz, ya que no es retroactivo”, se pronunció en su momento el senador Fernando Velasco (Partido Liberal), sumándose a quienes reconfirmaban que la medida no es de aplicabilidad antes del acuerdo final.

La senadora Paloma Valencia (Centro Democrático), ponente del proyecto, en medio del debate respondió a los señalamientos que le indicaban que era partidaria de la retroactividad, sin embargo fue enfática en manifestar que no se aplicaría, sino a partir de la sanción, pero que no sería objeto de futuros acuerdos ni se incluirán como delitos conexos a la política y por lo tanto no se podrán incluir en futuros procesos de paz con grupos armados.

La senadora Valencia citó el artículo donde se reitera que está consignado en la exposición de motivos del proyecto de reforma constitucional y su finalidad es que en futuras oportunidades, en las cuales exista la posibilidad de aplicar justicia transicional, las conductas cometidas en el conflicto armado, los delitos sexuales cometidos contra menores de edad no serán objeto de estas jurisdicciones especiales, sino que los mismos solo puedan ser juzgados por la justicia ordinaria y bajo las penas propias del Código de Penal.

Agregó que desde un punto de vista constitucional, es jurídicamente imposible que este proyeco de acto legislativo afecte lo pactado en La Habana y en especial la regulación de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, ya que las conductas que son de conocimiento de dicha jurisdicción están cobijadas por el principio de favorabilidad, consagrado en el artículo 29 superior.

Estatuto anticorrupción

Por otra parte, la Comisión Primera también aprobó sin tropiezo alguno y con 12 votos a favor la iniciativa que regula las sanciones contra los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública y que dispone la terminación unilateral administrativa de contratos por hechos corrupción.

El proyecto, cuya ponente fue la senadora Esperanza Andrade (Partido Conservador), consagra la inhabilidad permanente para contratar con sociedades que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la Administración Pública o de cualquiera de los delitos o faltas contemplados por la Ley 1474 de 2011 y sus normas modificatorias. De igual manera, busca aplicar dicha inhabilidad con respecto a personas naturales.

Así mismo, prohíbe la detención domiciliaria y permite la reclusión en lugares o establecimientos especiales y la vigilancia a través de mecanismos de seguridad electrónica, con respecto a personas que hayan sido condenadas por delitos dolosos.

Otro aspecto que contiene la iniciativa es el establecimiento de la improcedencia de la renuncia del contrato y el procedimiento para cesión de contrato en los casos de la inhabilidad, señalando una causal adicional de terminación unilateral del mismo por la comisión de actos de corrupción. Igualmente se adicionó un artículo a la Ley 80 de 1993, estipulando la exigibilidad de la cláusula penal pecuniaria en casos de terminación unilateral del contrato en casos de corrupción.

Además contempla que no se concederá la suspensión condicional de la ejecución de la pena; la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión; ni habrá lugar a ningún otro beneficio, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley, siempre que esta sea efectiva, cuando la persona haya sido condenada por delito doloso dentro de los cinco (5) años anteriores entre otros.

El proyecto pasará a segundo debate en la plenaria del Senado.

Por su parte, el presidente de la Comisión, senador Santiago Valencia (Centro Democrático), anunció que para la próxima sesión, martes 15 de octubre, se adelantará el debate del proyecto que reconoce al campesinado como sujeto de derecho a la tierra y a la territorialidad campesina y se adoptan disposiciones sobre la consulta popular.


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