Senado le apuesta al fortalecimiento de la participación política de los jóvenes en la toma de decisiones

La juventud colombiana, comprendida entre los 14 y 28 años, representa el 26.1 % de la población total del país (11.519.020 personas), de los cuales el 49 % son mujeres y el 51% son hombres.

Por: Karen Madera Castro

Bogotá D.C., 16 de mayo de 2025. (Prensa Senado)Una de las iniciativas legislativas pendientes por discutir en el orden del día establecido por la Comisión Primera del Senado, es el proyecto de ley por medio del cual se fortalecen los Consejos de Juventud, se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013. El ponente en primer debate es el Senador Jonathan Pulido del Partido Alianza Verde.

Este proyecto busca fortalecer el ejercicio de las funciones de los consejeros de juventud, a partir del mejoramiento de su capacidad para participar y ejercer control social en el Estado. A la par, se pretende que los consejeros tengan acceso a beneficios que habiliten el cumplimiento adecuado de sus funciones de manera efectiva.

Según el ponente, los jóvenes son actores centrales para la construcción social, que, por intermedio de los consejeros de juventud, pueden canalizar e integrar sus ideas y propuestas en los procesos de la administración pública, fortaleciéndose con ello la democracia y generando el compromiso con las problemáticas de la sociedad en general.

Esta iniciativa trata de modernizar y perfeccionar los mecanismos de participación ya existentes, con el fin de garantizar la efectividad de los mismos, y a promover el acceso a oportunidades para mejorar la calidad de vida de los jóvenes que han decidido trabajar de manera desinteresada por sus comunidades y territorios”, indicó el Senador Pulido.

Beneficios clave de la iniciativa

• Los consejeros de juventud podrán solicitar informes a los funcionarios públicos autorizados para expedirlos, en el ejercicio del control y la veeduría que ejercen.
• Los consejeros tendrán un contacto permanente con las instancias del Gobierno Nacional, el Presidente de la República, y las Entidades Territoriales, garantizando la asistencia de manera obligatoria de los funcionarios públicos y las entidades que sean citadas por el Consejo de Juventud.
• Entre otros beneficios, los consejeros y consejeras de juventud que sean elegidos a nivel nacional, se les brindarán beneficios de carácter educativo, formativo y laboral.
• Tendrán prioridad en el acceso a los programas, estrategias, proyectos, acciones, becas y apoyos económicos que sean ofertados por el Gobierno Nacional y las entidades territoriales para acceder a la educación superior, oportunidades de emprendimiento, vinculación laboral con el sector privado o público, formación artística, recreativa y deportiva.

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