Presidente del Senado sanciona leyes objetadas por Petro

El presidente del Congreso, Efraín Cepeda, destacó que la Ley lo faculta y además que las objeciones fueron presentadas de forma extemporánea.
Por Jaime Arbeláez Ospina
Bogotá, 25 de junio de 2025 (Prensa-Senado). - Amparándose en la Constitución Nacional, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, sancionó dos proyectos de ley que habían sido objetados por el jefe de Estado, Gustavo Petro.
En atención a que el mandatario demoró más de seis días en devolver los proyectos al Congreso, después de rechazarlos, quedaron sin piso legal las objeciones, como lo establecen los Artículos 166, 167 y 168 de la Carta Magna, explicó.
Los proyectos sancionados son para garantizar el pasivo pensional en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), y la que formula lineamientos para la política pública a favor de los micronegocios barriales y vecinales.
Razón constitucional
El Artículo 168 de la Constitución señala que “si el presidente no cumpliere el deber de sancionar las leyes en los términos y según las condiciones que la Constitución establece, las sancionará y promulgará el presidente del Congreso”.
En el artículo 166 se explica que “el gobierno tiene seis días para devolver con objeciones cualquier proyecto cuando no conste de más de 20 artículos”, como es el caso de los tres mencionados.
Sancionamos en el Congreso la ley en beneficio de la economía popular y de los micronegocios, que no quiso firmar el presidente Petro.
— Efrain Cepeda (@EfrainCepeda) June 25, 2025
La ley faculta en este caso a que el presidente del Congreso pueda sancionarla.
Así ratificamos nuestro compromiso por la defensa de las… pic.twitter.com/z8jzYbjeM4