A sanción presidencial, racionalización de trámites y proyecto que prohíbe pruebas en animales para productos cosméticos

La plenaria del Senado también aprobó la conciliación de la iniciativa sobre la autoridad administrativa de Policía y falta que la Plenaria de la Cámara apruebe la conciliación para que pase a la firma del Presidente de la República.
Bogotá D.C., 17 de junio de 2020 (Prensa Senado). A sanción presidencial pasaron los proyectos de ley que prohíben pruebas en animales para productos cosméticos y el de racionalización de trámites, después que la plenaria del Senado aprobara las respectivas actas de conciliación.
La iniciativa que prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas con animales señala que las personas jurídicas o naturales que infrinjan las prohibiciones serán sancionadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), con multa a favor del Tesoro Nacional de mínimo 133 y máximo 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la ocurrencia de los hechos.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Superintendencia Financiera de Colombia presentarán anualmente un informe de la inversión y ejecución de los dineros provenientes de las sanciones de esta ley a las comisiones quintas del Senado de la República y la Cámara de Representantes.
El Gobierno nacional reglamentará las disposiciones contenidas en la presente ley dentro de un plazo no mayor a un año, contado a partir de su promulgación.
Los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el apoyo de las empresas privadas, implementarán campañas para difundir la prohibición de experimentación de productos cosméticos en animales y el cuidado de nuestras especies.
La plenaria de la Cámara también había aprobado este miércoles el acta de conciliación.
La comisión accidental integrada por los senadores Miguel Ángel Barreto Castillo, Richard Alfonso Aguilar Villa y Jorge Eduardo Londoño Ulloa rindió su informe.
Por su parte, el Senado en pleno también aprobó el acta de conciliación del proyecto de ley por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la Rama Ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones, que establece la eliminación de un nuevo paquete de tramites difíciles para el ciudadano.
La propuesta tiene por objeto facilitar, agilizar y efectivar el acceso y ejercicio de los derechos, combatir la corrupción y fomentar la competitividad, a través de racionalizar los trámites; fijar los criterios y lineamientos que deben tener estos; obligar a que los trámites sean en línea y que las estampillas sean electrónicas; ordenar la gratuidad en los registros y certificados públicos.
Así mismo, la norma aprobada faculta al presidente de la República, Iván Duque, para que establezca expresamente los trámites que son susceptibles a la aplicación del silencio administrativo positivo y para que deroguen algunos trámites.
Otros alcances
Se ordena la implementación de la interoperabilidad y la carpeta ciudadana; entre otros, en toda la Rama Ejecutiva a nivel nacional y territorial y, en las entidades que cumplan funciones públicas y funciones administrativas.
La nueva norma facilita, agiliza y garantiza el acceso al ejercicio de los derechos de los ciudadanos, el cumplimiento de sus obligaciones, combate la corrupción y fomenta la competitividad.
Se ordena a las entidades del Estado automatizar y digitalizar la gestión interna de los trámites que se creen a partir de la entrada en vigencia de esta ley de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Dice el texto que las estampillas deberán emitirse, pagarse, adherirse o anularse a través de medios electrónicos, bajo el criterio de equivalencia funcional.
Para dar cumplimiento a este mandato, la Federación Nacional de Departamentos y la Federación Colombiana de Municipios deberán ofrecer una plataforma de contrato inteligente que contemple todas las transacciones relacionadas con la formalización y cumplimiento de la relación contractual.
La adopción de las estampillas electrónicas se deberá realizar de acuerdo con la categoría del ente territorial, en los siguientes plazos: • Categoría Especial: Doce (12) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley. • Primera Categoría: Treinta (30) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley. • Segunda y Tercera Categoría: Treinta y seis (36) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley. • Cuarta, Quinta y Sexta Categoría: Cuarenta y ocho (48) meses, a partir de la entrada en vigencia de esta ley.
Comisión accidental fue integrada por los senadores Fabio Raúl Amín Sáleme, Álvaro Uribe Vélez y Armando Alberto Benedetti Villaneda. Su informe fue publicado en la Gaceta del Congreso número 353 de 2020.
La Cámara de Representantes ya había aprobado la conciliación.
Finalmente, la Plenaria del Senado aprobó la conciliación del proyecto de Ley por medio de la cual se modifica el artículo 38 de la ley 1564 de 2012 y los artículos 205 y 206 de la ley 1801 de 2016 y falta que la plenaria de la Cámara apruebe la conciliación para que pase a sanción presidencial.
Esta propuesta establece que cuando los alcaldes o demás funcionarios de Policía sean comisionados o subcomisionados deberán ejecutar la comisión directamente o podrán subcomisionar a un servidor público profesional en derecho de la respectiva alcaldía, quienes ejercerán transitoriamente como autoridad administrativa de Policía.
La comisión accidental sobre este tema la encabezó el senador Germán Varón Cotrino. Su informe se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso número 327 de 2020.