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Senado aprueba proyecto para que jornada escolar no arranque antes de las 7:00 a.m.

Alejandro Carlos Chacón, autor de la iniciativa, explicó que se busca contribuir al mejoramiento de la calidad del sueño de niños, niñas y adolescentes.

Bogotá D.C., 30 de septiembre. (Prensa Senado). Un proyecto de ley que se tramita en el Senado de la República podría transformar la rutina escolar de millones de niños en Colombia.

La iniciativa, que superó su segundo de cuatro debates reglamentarios en la Plenaria del Senado, propone que ninguna institución educativa del país, pública o privada, podrá iniciar sus clases antes de las 7:00 de la mañana en los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media.

El Senador por el Partido Liberal Alejandro Carlos Chacónuno de los autores del proyecto de ley, explicó que retrasar el inicio de la jornada académica contribuye a mejorar la calidad del sueño de niños, niñas y adolescentes, lo que repercute positivamente en su salud física, bienestar psicológico, atención, concentración y rendimiento escolar.

Alirio Barrera, Senador por el Centro Democrático, resaltó que, “después de aprobado este proyecto”, los estudiantes de colegio “no volverán a tener que madrugar a las 6:00 de la mañana”.

“Es injusto que una mamá le toque levantarse desde las 5:00 de la mañana a alistar su niño para llevarlo al colegio. Van a poder dormir una horita más, porque la entrada no puede ser antes de las 7:00 de la mañana en los colegios”, manifestó el congresista.

La iniciativa también resalta experiencias internacionales que demuestran cómo la modificación en los horarios escolares beneficia no solo a los estudiantes, sino también a sus familias, al generar condiciones más justas y equitativas. 

En este sentido, se destaca que en Colombia más del 50% de los hogares están encabezados por mujeres, según cifras del DANE, por lo que la medida también busca aliviar la carga en la organización familiar.

El proyecto de ley aprobado, conocido entre algunos sectores políticos como ‘estudio sin madrugón’, pasa ahora a sus dos debates finales en la Cámara de Representantes.

Senado aprueba gratuidad en exámenes de estado ¿Cómo funcionaría?

El proyecto de ley tramitado en la corporación busca facilitar el acceso a la educación superior de algunos segmentos de la población.

Por Olga Materón

Bogotá D.C, 30 de septiembre de 2025 (Prensa Senado). Con el fin de facilitar el ingreso a las instituciones de educación superior, los estudiantes acreditados en grupos A, B y C del Sisbén 4 podrían acceder de manera gratuita a las pruebas estatales.

Así lo aprobó la Plenaria del Senado al avalar un proyecto de ley que apunta a que algunas pruebas de estado sean gratuitas para estudiantes de algunos sectores de la sociedad.

El Senador por el Partido de La U Julio Elías Vidal, ponente de la iniciativa, manifestó que una de las principales causas de que los estudiantes graduados de colegios no continúen su formación académica son los costos que deben asumir para presentar algunas pruebas de Estado.

Según el legislador, “el Congreso de la Republica ha propiciado cambios históricos en materia de educación en el Colombia. Recordemos que la semana pasada se aprobó la reforma a la Ley 30 en materia de financiación”.

Con este proyecto de ley, de autoría de la senadora Claudia Pérez y que busca facilitar el acceso a la educación superior, se le sigue dando fuerza al compromiso de los legisladores, de seguir promoviendo la presencia activa de los jóvenes colombianos en las aulas.

En este sentido, el Senador Carlos Julio González, del Partido Cambio Radical, dijo que su respaldo al proyecto se debe a que este representa un aporte a la equidad y la justicia social. Así mismo, cuestionó que la prueba SABER 11 sea un criterio responsable, que determine si el estudiante puede o no ingresar a la universidad.

Cabe resaltar que esta iniciativa propone que la primera oportunidad para presentar la prueba sea gratuita y que si el joven requiere presentarla por segunda vez, deberá cancelar el 50 % del valor total de la misma.

Por otro lado, las personas con discapacidad accederían a la gratuidad total de los exámenes, sin importar las veces que los presenten, previa presentación de su diagnóstico emitido por su respectiva EPS, como soporte de su condición o una certificación de su médico tratante.

El proyecto fue aprobado en el segundo de sus cuatro debates y ahora pasa a los dos debates finales en la Cámara de Representantes.

¿Qué tanto ha funcionado la ‘ley Ángel’, que castiga a quienes abusen de los animales?

La norma, que sanciona los actos de crueldad y abuso sexual, va a cumplir seis meses de haber sido sancionada.

Por María Camila Fernández.

Bogotá, 29 de septiembre de 2025 (Prensa Senado). La ‘ley Ángel, iniciativa que fortalece la protección de los animales frente a actos de crueldad y abuso sexual, empieza a evidenciar sus resultados en Colombia.

Por primera vez, un tribunal en Bogotá condenó a un abusador de animales, marcando un hecho histórico en la defensa de los derechos de los seres vivos.

La Senadora Andrea Padilla, de la Alianza Verde, destacó la importancia de este fallo.
“Ya con este sumamos 7 delincuentes que han sido enviados a la cárcel por cometer actos crueles contra los animales. Esto antes era impensable, antes de la ‘ley Ángel’”, manifestó la congresista recientemente.

La condena se dio en la localidad de Ciudad Bolívar, donde el acusado abusó sexualmente de perritas.

“Se produjo un hecho histórico en Bogotá. Por primera vez se envía a la cárcel a un acusado de abusar sexualmente de perritas en la localidad de Ciudad Bolívar en Bogotá”, señaló la Senadora Padilla.

El abuso sexual de animales es una conducta más frecuente de lo que se reconoce, pero que tradicionalmente no era denunciada, debido a la ausencia de sanciones y a la falta de confianza en la justicia. Con la ‘ley Ángel’ esto ha cambiado, por lo que la Senadora hizo un llamado claro a la ciudadanía.

“Quien trate con crueldad, maltrate, violente o abuse sexualmente de un animal puede pagar un ‘carcelazo’”, dijo.

La ‘ley Ángel’, sancionada por el presidente Gustavo Petro en abril de 2025, elevó de manera significativa las penas contra quienes cometen actos de crueldad extrema, incluyendo violencia sexual hacia animales.

Desde su entrada en vigor, los responsables de estas conductas enfrentan sanciones privativas de la libertad superiores a tres años, sin acceso a beneficios judiciales como la casa por cárcel o la libertad condicional.

La norma contempla penas de hasta 98 meses de prisión cuando el abuso provoca la muerte del animal con agravantes, y hasta 73 meses cuando se producen lesiones graves. En el caso de Ciudad Bolívar, como no se produjo la muerte de los animales, la condena máxima aplicada fue de 73 meses de privación de libertad.

Con esta sentencia, la ‘ley Ángel’ demuestra que la justicia sí puede proteger a los animales y que los actos de crueldad y abu