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Comisión Segunda aprobó Acuerdos entre Colombia con Emiratos Árabes y España y la conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná

El acuerdo entre Colombia y los Emiratos Árabes Unidos, así como el convenio marco de cooperación con España y la conmemoración y exaltación del bicentenario de la batalla de Bomboná fueron tratados en la sesión de la Comisión Segunda.

Bogotá D.C, 14 de septiembre de 2021. (Prensa Senado). La Comisión Segunda aprobó el Proyecto de Ley No. 150 de 2021 Senado “por medio de la cual se aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con servicios aéreos entre y más allá́ de sus respectivos territorios”, suscrito en Brasilia, el 7 de noviembre de 2012, pasando así a segundo debate.

En su intervención, el senador ponente, José Luis Pérez Oyuela (Cambio Radical), el acuerdo suscrito en Brasilia “busca que la República de Colombia y los Emiratos Árabes Unidos tengan relación de servicios aéreos entre sus regiones y más allá de ellas”.

El senador Pérez, continuó su intervención comentando que si se incorpora al ordenamiento jurídico colombiano el acuerdo de Brasilia, no solo se dinamizará en transporte aéreo sino que también se pueden satisfacer requisitos internacionales estratégicos en relaciones comerciales, en flujos de inversiones y se podrán ampliar aspectos de cooperación.

De igual manera, el Viceministro de Relaciones Exteriores, Francisco Echeverry comentó que este proyecto de servicios aéreos con Emiratos Árabes beneficiaría a la economía colombiana y el empleo, ya que se posicionaría al país como un centro del transporte internacional desde esa zona del mundo.

Este acuerdo favorece el desarrollo del transporte aéreo, propiciando una expansión económica entre ambos países y se facilita la cooperación internacional en ese sector. De igual manera fortalece el turismo como factor de desarrollo económico del país.

Por su parte, el Proyecto de Ley No. 149 de 2021 Senado “Por medio de la cual se aprueba el convenio marco de cooperación entre la República de Colombia y el Reino de España”, suscrito en Madrid, reino de España, el 3 de marzo de 2015, fue aprobado con nueve votos a favor pasando a segundo debate.

En su intervención, el senador ponente John Harold Suárez Vargas (Centro Democrático), afirmó que este proyecto tiene como objetivo aprobar el convenio marco de Cooperación entre Colombia y España, consta de 20 artículos que buscarán establecer un marco jurídico y de entendimiento entre los dos países para la identificación, desarrollo, ejecución, evaluación de las políticas, programas y proyectos de interés para ambos Estados.

Dentro del artículo segundo de este proyecto se encuentra consignado que entre las áreas de cooperación a trabajar se encuentran la Cooperación para el Desarrollo; acción humanitaria y de emergencia, en particular desde el ámbito de la gestión del riesgo; y la educación para el desarrollo y la sensibilización.

Por último, en la sesión se dio la discusión del Proyecto de Ley No. 093 de 2021 Senado “por medio de la cual se conmemora y exalta el Bicentenario de la batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-2022 y se dictan otras disposiciones”, el cual fue aprobado para segundo debate.

En su intervención, el senador ponente Antonio Sanguino (Partido Verde) afirmó que es un proyecto que se inscribe en la celebración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná que selló nuestra guerra de independencia de España y significó la pacificación del sur de Colombia, los departamento de Nariño y Cauca, así como la región amazónica y del pacífico sur colombiano.

Este proyecto de ley tiene como objetivo vincular a la Nación en la conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná, se rinda un homenaje público y un reconocimiento de carácter académico, histórico, cultural, social, educativo y ambiental a la región de impacto.

Reviva la sesión de la Comisión Segunda en el siguiente enlace: https://youtu.be/GQzpjcs8RzU

 

Se aprobó en primer debate, reforma a la Ley Sandra Ceballos

Promover, garantizar, y proteger los derechos fundamentales (dignidad humana, derecho a la igualdad y derecho a la salud) especialmente a estas mujeres que sobreviven al cáncer de mama.

Bogotá D.C., 14 de septiembre de 2021 (Prensa Senado). En la Comisión Séptima se aprobó primer debate del Proyecto de Ley Nº 455/2021 Senado y 068/2021 Cámara “por medio de la cual se modifica la ley 1384 de 2010, Ley Sandra Ceballos”. La presente Ley tiene como objeto eliminar las barreras de acceso a programas de apoyo de rehabilitación integral por parte de las mujeres sobrevivientes al cáncer de mama y establecer tiempos máximos de respuesta para brindar la atención requerida, así como dictar disposiciones generales frente al tratamiento y prevención de cáncer en Colombia.

C7 SenadoraLauraFortichLa Senadora Laura Fortich (Partido Liberal) hace referencia a la afectación de tres derechos fundamentales que se ven doblegados en las mujeres, dignidad humana, derecho a la igualdad y derecho a la salud (servicio a cargo del Estado para prestar servicio de salud a todos los habitantes del territorio Nacional).

En cuanto al articulado, se realizarán unas modificaciones necesarias, teniendo como guía de mejora los derechos anteriormente mencionados.
El articulo 2º, tiene que ver con la modificación del Articulo 11º de la Ley 1384 de 2010 quedará así: rehabilitación integral. Las entidades promotoras de salud de ambos regímenes ( los regímenes de excepción y especiales) entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, deberán garantizar el acceso de los pacientes oncológicos a programas de apoyo para la rehabilitación integral que abarcan la rehabilitación física en todos sus componentes, incluyendo cirugías y prótesis que sean necesarias según criterio medico, así como la atención psicológica y social. Esto con el fin de que las entidades responsables garanticen de forma priorizada eficiente y oportuna el acceso a los programas de apoyo, rehabilitación integral y/o soporte oncológico.

Articulo 3º, tiene que ver la modificación del Articulo 6º de la ley 1384 de 2010: acciones de promoción y prevención para el control del cáncer. Las entidades promotoras de salud, los regímenes de excepción y especiales y las entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, las demás entidades de aseguramiento y las instituciones prestadoras de servicio de salud publicas y privadas, deben garantizar acciones de promoción y prevención con pedagogía, concientización y autoconocimiento en ciudades y municipios a través de campañas educativas en las instituciones educativas de todos los niveles o donde se considere pertinente de los factores de riesgo para cáncer y cumplir con los indicadores de resultados en salud que definan para esta patología por el Ministerio de la Protección Social.

Fortich hace mención a la definición dada por el constituyente del estado, como un estado constitucional, social y democrático de derechos a través de la carta constitucional, exige: “las instituciones deben actuar en búsqueda de garantizar la progresividad de los derechos fundamentales de todas las personas que habitan el territorio Nacional y para el presente caso a las mujeres que sobreviven por afectación de una enfermedad que es el cáncer de mama, estableciendo disposiciones que contribuyen a la eliminación de las barreras de acceso a estos programas de apoyo de rehabilitación integral, establecer unos tiempos de respuesta para brindar la atención requerida y oportuna”.

Laura Fortich enfatiza que esta debe ser una Ley de la Republica que promueva, garantice, y proteja los derechos fundamentales, anteriormente mencionados, especialmente a estas mujeres que sobreviven al cáncer de mama. 

Ver sesión aquí https://youtu.be/l-9GukmYaY0

Senado exalta labor del Maestro Fernando Meneses Romero 

El Congreso de Colombia rindió homenaje al célebre compositor vallenato, por su aporte al folclor colombiano.

 Bogotá DC 14 de septiembre de 2021. El Senado de la República, confiere la Orden del Congreso de Colombia, en el Grado de Caballero, al maestro Fernando Meneses Romero, como reconocimiento a su invaluable trayectoria profesional, musical y artística y su aporte al engrandecimiento de la música Vallenata en Colombia.

Los senadores proponentes de la condecoración al maestro vallenato fueron los senadores; Mauricio Gómez, José Alfredo Gnecco, Efraín Cepeda Sarabia, Iván Name Vásquez, Eduardo Pacheco, Carlos Meisel, Ruby Chagüi, Daira Galvis y el secretario General del Senado Gregorio Elijach Pacheco.

El maestro Meneses Romero, es oriundo del Municipio la Gloria en el departamento de César, el Meneses, cuenta con formación en medicina y una especialización en Ginecoobstetricia de la universidad de Cartagena. El Congreso ha entregado la distinción, por su pasión y entrega al trabajo, quien que se ha consagrado por su sensibilidad artística e inspiración, proyectándose, así como el más profundo poeta lirico del genero vallenato. Es reconocido por ser compositor de múltiples canciones del folclor vallenato entre ellos se destaca grandes éxitos del “binomio de oro” con “momentos de amor” que cuenta con reconocimiento internacional. Cabe resaltar que cuenta con más de un centenar de canciones grabadas por grandes exponentes de la música vallenata, como Carlos Vives, el Binomio de Oro, Jorge Celedón, entre muchas otras agrupaciones venezolanas y puertorriqueñas.

“Cuando se escribe desde el corazón y con el deseo de trasmitir los sentimientos de forma poética las creaciones perduran en el tiempo y vuelan a través del viento como intensos momentos de amor”, manifestó el maestro Felipe Meneses, después de recibir la distinción. Por su parte la Cámara de Representantes le otorgó en el mismo evento, la “Orden de la Democracia Simón Bolívar en el Grado Cruz Oficial”.