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Los 5 puntos clave de la reforma laboral

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La plenaria del Senado avanzó en la aprobación de varios artículos orientados a fortalecer los derechos de los trabajadores. Aquí les contamos los cinco aspectos más relevantes de lo aprobado hasta ahora.

Por: Luisa María Llano

Bogotá D.C., 14 de junio de 2025 (Prensa Senado)En una jornada maratónica, la plenaria del Senado de la República discutió el 75% del texto de la reforma laboral, es decir, 58 de los 77 artículos contemplados en la ponencia. De esos, el único negado hasta el momento es el artículo 17 que establecíael pago de una prima adicional cuando la empresa presenta un crecimiento económico superior al cuatro por ciento (4%) respecto al año anterior.

Aún quedan pendientes 19 artículos, de los cuales 16 son considerados la columna vertebral del proyecto de reforma laboral. Esto, sin considerar nuevas proposiciones con nuevos artículos que pueden agregarse cuando se retomela discusión en el cuarto y último debate.

A continuación, se presentan los cinco puntos clave ya aprobados por el Senado durante las sesiones del pasado miércoles y jueves.

● Contrato a término indefinido como regla general 

Desde que el Gobierno del presidente Gustavo Petro radicó la reforma laboral, uno de los pilares más destacados ha sido la promoción del contrato a término indefinido. De esta manera, el artículo 5propone esta modalidad como eje transversal para garantizar la estabilidad laboral y aumentar la productividad de los trabajadores.

Lo anterior no significa que, una vez puesta en marcha la reforma, no se puedan celebrar otras formas de contratación. Tan solo aclara que para labores misionales, es decir, actividades esenciales en la compañía, el contrato a término indefinido debe ser la única opción. Para el caso de contratos a término fijo o por obra laboral, establece una serie de medidas que buscan mejorar las condiciones laborales de los trabajadores.

El artículo 5 recibió el apoyo mayoritario de la corporación.

● Contratos a término fijo y obra labor

Con 75 votos por el SÍ y 10 por el NO, la plenaria del Senado aprobó el artículo 6 que establece nuevos lineamientos para estos dos tipos de contrataciones. 

En lo que refiere a término fijo, podrán celebrarse por un término no mayor a cuatro años y deberá darse por escrito. 

Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año, las partes, mediante acuerdo escrito, podrán prorrogar el número de veces que estimen conveniente; sin embargo, después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un año.

También puede darse que si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, éste se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de la prórroga. Esta misma regla aplicará a los contratos celebrados por un término inferior a un año, pero en este caso la cuarta prórroga automática será por un período de un año.

Ahora, en lo que respecta a contratos por obra labor, también deberá darse por escrito y si una vez finalizada la obra o labor contratada, el trabajador continúa prestando sus servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido.

Si bien la plenaria del Senado aprobó que en ambas modalidades de contrato los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales, la iniciativa excluye a las empresas de estar obligadas al pago de retroactividad una vez entre en vigencia la reforma laboral.

Jornada nocturna inicia a las 7:00 p.m.

El Congreso aprobó el artículo 13 de la reforma laboral, que redefine el inicio de la jornada nocturna en el país. La medida fue respaldada con 87 votos a favor y ninguno en contra, reflejando un consenso unánime entre los legisladores. Este cambio establece que el horario nocturno iniciará a partir de las 7:00 p. m.

Eso tiene una implicación para los trabajadores en materia salarial, pues por cada hora trabajada, el empleador deberá pagar 35% más del sueldo. El monto del recargo nocturno se mantiene, pero este aplicará más temprano, dado que en la actualidad la norma rige desde las 9:00 p.m.

● Mejoras a quienes operan por teletrabajo

El empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad para teletrabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. El auxilio de conectividad será equivalente al auxilio de transporte vigente y se ajustará anualmente de acuerdo con los criterios establecidos a la Ley 278 de 1996. Así lo estableció la plenaria del Senado, al aprobar el artículo 57 tal cual como venía de debates anteriores.

● Horas extras con límites

Al someter a votación el artículo 14, que establece un límite al trabajo suplementario, el Senado votó sí con 76 votos a favor y 11 en contra. De esta forma, las horas extrano podrán exceder dos horas diarias ni las 12 horas semanales.

El debate de la reforma laboral se retomará el próximo lunes 16 de junio cuando se discutan otros artículos que generan controversias como el de la jornada máxima legal para que se trabaje cuatro días y se descanse tres; definir si los festivos tendrán o no un recargo del 100% y el porcentaje de pago en contratos de aprendizaje para estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

Proyecto de ley que rinde homenaje a Yarumal y le lleva progreso

La iniciativa de la senadora Berenice Bedoya, Partido ASI, lo declara patrimonio histórico y cultural de la Nación y cuna de hombres ilustres.

Por Jaime Arbeláez Ospina 

Bogotá, 13 de junio de 2025 (Prensa-Senado)En Senado cursa elproyecto de ley 190 de 2024 por el cual el Congreso de la República y la Nación rinden homenaje al municipio de Yarumal, Antioquia, en la conmemoración de los 238 años de fundación.

“El objetivo es hacerle reconocimiento de carácter histórico, cultural y social por la contribución de la municipalidad y de sus habitantes, a la identidad cultural e histórica de Colombia”, dijo la congresista Berenice Bedoya, nacida en esta población.

En el texto se señala autorizar al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Sistema de Medios Públicoscoordinar con la Academia Antioqueña de Historia, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, la Casa de la Cultura de Yarumalrealizar programas y proyectos, históricos y culturales en el marco de este reconocimiento y efeméride. 

En medios institucionales, como Señal Colombia y la Radiodifusora Nacional, se informará de los principales aspectos culturales, históricos, sociales, turísticos y agroindustriales de Yarumal. 

Desarrollo local

Otra positiva noticia es que la Nación adoptará las partidas presupuestales necesarias para el desarrollo del proyecto de restauración de la sede de la Escuela Rosenda Torres, la Unidad Deportiva y Recreativa Arley Jaramillo Monsalve, y el Parque Recreativo Rubén Piedrahíta Arango.

Y se dispondrán los recursos para la construcción de un hogar múltiple para los procesos de formación de los niños yla construcción del anillo turístico en placa huella, a través de veredas y corregimientos de Yarumal, en aras de reactivar la producción agrícola y turística del municipio, localizado en la subregión norte del departamento.

Vale destacar el nombre, Yarumal, proviene de la especie vegetal de nombre Yarumo, de la familia Urticaceae, muy abundante en la región por los días de la fundación, y conocida en el lenguaje botánico latino como Cecropiapeltata L. También es llamado la Ciudad Retablo, la Estrella del Norte y la Sultana del Norte. 

Horarios y recargos por horas extra aprobados en plenaria

La iniciativa sigue avanzando en su cuarto y último debate en la plenaria del Senado, en contra del tiempo ya que las sesiones ordinarias del congreso culminan este 20 de junio.

Por Lina Martínez. –

Bogotá, D, C, 13 de junio de 2025 (Prensa-Senado). - El artículo 14 de la Reforma Laboral suscitó controversias y avanzó en un segundo debate que no estuvo exento de propuestas y modificaciones. 76 votos por el sí y 11 votos por el no, respaldaron el cambio de horarios nocturnos y recargos de trabajo suplementario.

La primera vicepresidenta de la corporación Lorena Ríos del partido Colombia Justa Libres, solicitó que se realizara una modificación al límite al trabajo suplementario, presente en el artículo 14 de la reforma laboral que contempla un máximo de 2 horas diarias suplementarias, expresando que los sectores de seguridad y salud podrían ser una excepción a esta regla. La propuesta de modificación no tuvo acogida con 37 votos a favor y 49 en contra.

La Senadora Ríos sostuvo: “Con este artículo buscamos dignificar el trabajo de los empleados de vigilancia. Si dejamos solo la ley 1920 del 2018 nosotros les estamos negando que puedan tener alternativas legales válidas para aplicar no solo las horas extras sino también acceder a beneficios económicos productos de la labor que ellos realizan”

Por su parte el Senador Ciro Ramírez del Centro Democrático expresó que la aplicación del cambio de horas de recargo nocturno puede tener un impacto en sectores como el turismo, y sostuvo: “¿qué le vamos a decir a ciertos sectores que necesitamos que generen empleo y que sigan siendo fuente de crecimiento e ingresos de muchas familias colombianas, por no hablar de todos los sectores transversales que dependen del sector turismo?”

El Senador añadió “creo que no es conveniente en un momento donde Colombia hoy no tiene una fuente de crecimiento con credibilidad, poder empezar a afectar a los sectores que medio tienen un poco de oxígeno como el que se le debería dar al turismo, la gastronomía, etcétera…”

¿Cómo cambian los horarios y los recargos?

En la actualidad el Código Sustantivo del Trabajo, considera las labores diurnas entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p.m. En la reforma el horario nocturno iniciaría a las 6:00 p.m.

También se propone un límite máximo de 2 horas suplementarias diarias y 12 horas extra semanales. Quienes tengan jornadas de 9 horas diarias, solo podrán realizar una hora de trabajo suplementario al día. De esta forma el tope de horas trabajadas al día sería de 10, con excepción de casos específicos.  

En la actualidad, el horario laboral cuenta con un máximo de 9 horas laborales diarias sin recargo, que con la reforma pasarían a ser 8. Los empleadores deben repartir la jornada semanal para que no exceda 42 horas, con al menos un día de descanso.

 

Los recargos para trabajadores que realizan labores suplementarias respecto al salario ordinario es del 25% en horario diurno y del 75% en horarios nocturnos. Las horas extras en días festivos tendrán un recargo adicional del 100% en vez del actual 75%.