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Comisión de Paz solicita creación de instancia de alto nivel para detener asesinatos de reinsertados

Senador Roy Barreras presentó proyecto de ley que busca agilizar y descongestionar el funcionamiento de la justicia penal.

Bogotá D.C., octubre 30 de 2019 (Prensa Senado). El senador Roy Barreras radicó hoy un proyecto de ley que tiene como fin agilizar y descongestionar el funcionamiento de la justicia penal en Colombia. Igualmente, el congresista se refirió sobre la grave situación de inseguridad que viven los líderes sociales y habitantes del departamento del Cauca.

La iniciativa presentada por Barreras, tiene como finalidad permitir que todos los ciudadanos puedan obtener respuestas más rápidas y con mayores garantías procesales de defensa, al momento de imputar cargos.

No obstante la radicación del mismo, facilitará la labor que desempeñan los abogados y operadores de justicia evitando así, el aplazamiento de los distintos casos por vencimiento de términos, señaló el legislador, en rueda de prensa.

“Esta reforma del Código de Procedimiento Penal nos ayudará a corregir los factores de impunidad, a su vez hace más rápida las medidas de justicia, permitirá eliminar las audiencias innecesarias y entregará mayores garantías para el debido proceso de los imputados”, expresó el congresista.

Condena asesinatos

 De otro lado, el senador lamentó y descalificó los últimos hechos y masacres ocurridas en el país, al levantar su voz de descontento ante los medios de comunicación, tras conocerse el caso del exguerrillero y desmovilizado de las Farc, Alexander Parra.

Para el senador es claro que este sería el primer crimen que sucede al interior de un ETCR, dando claridad que los hechos ocurrieron en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación del municipio de Mesetas, en el departamento del Meta.

“A la fecha van 169 muertos. Las matanzas de los reincorporados y líderes sociales no se detienen, por ello los congresistas de la Comisión de Paz y delegados de las Naciones Unidas, decidieron trasladarse a las zonas de Tacueyó y Corinto, con el ánimo de llevar a cabo una verificación de estos actos inaceptables que atentan contra el derecho a la vida”, puntualizó el senador Roy Barreras.

“Es evidente que a las Fuerzas Militares y al Ministro de Defensa, se les ha salido de las manos la situación de seguridad territorial, ejemplo de ello, la masacre de Tacueyó”, afirmó el legislador.

A lo anterior, se preguntó: “¿por qué las Fuerzas Militares, bajo el mando del Ministro de Defensa, han fracasado en el control territorial del Cauca y adicional a esto, bandas criminales masacran a los indígenas?”

Barreras concluyó enviando un mensaje de urgencia al jefe de Estado, Iván Duque. “El presidente Duque tiene la obligación de garantizar la vida de todos los colombianos, y particularmente de quienes dejaron las armas”.

 

A familiares de policías víctimas de atentado a Escuela General Santander les reconocerían régimen de pensión

Senado dice sí a proyecto que rinde honores a estudiantes fallecidos en ese centro de educación.  El 17 de enero sería declarado día de los estudiantes en Colombia.

 

Bogotá D.C., octubre 29 de 2019 (Prensa Senado). Los policías heridos y los familiares de los uniformados fallecidos en el atentado a la Escuela de Cadetes General Santander tendrían un régimen especial de pensión.

Así lo dispuso hoy la plenaria del Senado al aprobar un proyecto de ley en ese sentido, que además busca fijar un mecanismo de asignación de retiro a las víctimas para el reconocimiento de pensión por sobreviviente o compensación por muerte a los beneficiarios.

Antes del visto bueno de la iniciativa por medio del cual se les rindió honores a los estudiantes fallecidos el pasado 17 de enero del 2019 en el citado atentado, el Senado guardó un minuto de silencio en su memoria.

La proposición fue presentada por el senador José Luis Pérez Oyuela, presidente de la Comisión Segunda.


El proyecto de ley mencionado tiene cuatro objetivos:
1. Conceder los derechos a beneficiarios en igualdad de condiciones al personal uniformado que integra la Policía Nacional.
2. Autorizar al Gobierno Nacional colombiano ascender a los estudiantes fallecidos de manera póstuma, al grado de subtenientes.
3. Declarar el 17 de enero como el día de los estudiantes en Colombia.
4. Reconocimiento de la nacionalidad colombiana adopción de manera póstuma a la cadete ecuatoriana fallecida, Erika Sofía Chico Vallejo.
La citada proposición fue firmada por los congresistas José Luis Pérez Oyuela, Paola Holguín, Juan Diego Gómez, Antonio Sanguino y Berner Zambrano Erazo.

Tras la aprobación, la senadora María del Rosario Guerra reiteró su satisfacción por los beneficios logrados para los familiares de las víctimas del atentado.

Seguidamente la sesión plenaria fue levantada y convocada para el próximo martes, a las 3:00 de la tarde.

 

Aprobado en primer debate proyecto de Estatuto de Arbitraje Nacional e internacional


La iniciativa del Gobierno pretende agilizar los trámites judiciales. El proyecto pasa a estudio de la plenaria del Senado.

Bogotá D.C., octubre 29 de 2019 (Prensa Senado). El proyecto de ley sobre el Estatuto de Arbitraje Nacional e internacional, de autoría del Gobierno Nacional, y aprobado hoy por la Comisión Primera del Senado pretende agilizar el sistema judicial en materia de impartir justicia en casos de menor cuantía y ayudar a descongestionar y modernizar el sistema judicial, otorgando facultades para la ajustar el arbitraje con sujetos asignados por las partes en conflicto y en términos rápidos se resuelvan.

“Son mecanismos agiles para agilizar las diferencias que surtan sin necesidad de ir a las instancias judiciales, acortar los plazos con decisiones rápidas y se crea un sistema de arbitraje social que beneficiará a las clases menos favorecidas, ya que se exoneran de pago para los estratos 1 y 2 y las decisiones en los casos de menor cuantía y además serán de ágil resultado”, explicó la ministra de Justicia y del Derecho, Margarita Cabello Blanco.

Por su parte, el senador Germán Varón Cotrino (Cambio Radical) ponente del proyecto, indicó que la iniciativa democratiza el procedimiento de arbitramiento y ajusta los procedimientos para agilizar y descongestionar justicia, porque todo aquello que se vaya por arbitraje deja de ir ante los jueces.

“Es un estatuto interesante que agiliza los fallos en justicia. Estamos metiéndole seguros para evitar que lleguemos al extremo de la privatización de la justicia y por eso le pedí un concepto a la la Corte Suprema para conocer su posesión y así estudiarlo antes de llevar este texto para su aprobación en la plenaria del Senado”, indicó el senador Luis Fernando Velasco (Partido Liberal).

Es de señalar que en la iniciativa se establecen condiciones para quienes son asignados como árbitros y en uno de los artículos señala los árbitros y los secretarios están impedidos y son recusables por las mismas causales previstas para los jueces en el Código General del Proceso, por las inhabilidades, prohibiciones y conflictos de intereses señalados en el Código Disciplinario Único, por el incumplimiento del deber de información indicado en el artículo anterior y cuando existan hechos de los cuales surja una duda justificada acerca de la imparcialidad e independencia del árbitro. En los arbitrajes en que sea parte el Estado o alguna de sus entidades, se aplicarán además de lo previsto en el inciso anterior, las causales de impedimento y recusación previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Agrega también que los árbitros nombrados por el juez o por un tercero serán recusables dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su aceptación a las partes o de la fecha en que la parte tuvo o debió tener conocimiento de los hechos, cuando se trate de circunstancias sobrevinientes. Los árbitros nombrados por acuerdo de las partes no podrán ser recusados sino por motivos sobrevenidos con posterioridad a su designación, y dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que la parte tuvo conocimiento de los hechos.

Los árbitros no podrán recusar a quien sin formular la recusación haya hecho cualquier gestión en el proceso después de que el tribunal haya asumido su conocimiento, si la causal invocada fuere anterior a dicha gestión, ni quien haya actuado con posterioridad al hecho que motiva la recusación o al conocimiento del mismo en su caso. En estos casos la recusación debe ser rechazada de plano. No habrá lugar a recusación cuando la causal se origine por cambio de apoderado de una de las partes, señala.

En cuanto a reglas de procedimiento en los casos, la iniciativa resalta que en los arbitrajes en que no sea parte el Estado o alguna de sus entidades, los particulares podrán acordar las reglas de procedimiento a seguir, directamente o por referencia a las de un centro de arbitraje, respetando, en todo caso los principios constitucionales que integran el debido proceso, el derecho de defensa y la igualdad de las partes. En el evento en que las partes no establecieren reglas o el centro seleccionado para adelantar el trámite no tuviere reglamento de procedimientos debidamente aprobado, se aplicarán las reglas establecidas para cada caso en la presente ley.

El proyecto pasa a segundo debate ante la plenaria del Senado.