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Plenaria aprobó proyecto para contratación directa en las comunidades indígenas

La iniciativa busca darles oportunidad y desarrollo a las comunidades indígenas del país.

Bogotá D.C. septiembre 14 de 2021(Prensa Senado).-En la sesión mixta de la Plenaria, se aprobó con 80 votos, el proyecto de Ley número 418 de 2021 Senado, 485 de 2020 Cámara, por la cual se modifica la Ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007, en la Contratación Cabildeos. Con la ponencia del senador ponente Santiago Valencia, perteneciente al Partido Centro Democrático.

El proyecto contempla la necesidad de crear una disposición que otorgue plena capacidad jurídica a los Cabildos indígenas y autorice a las entidades del estado, la suscripción de negocios directamente. De esa forma promover el derecho a la autonomía, en pro de su desarrollo.

La senadora Paloma Valencia, presentó una proposición para la aprobación del proyecto, "estamos en contra que se apruebe este proyecto, porque creemos que genera un gran problema en las competencias y las autonomías de la organización indígena del Cauca". La proposición fue negada con 74 votos.

Entre tanto el senador Velasco (Partido Liberal), en la proposición de un artículo nuevo, manifestó “con esta propuesta, buscamos justicia con la comunidad Afro. Instamos al gobierno para que reglamente y desarrolle los mismos derechos en salud y educación, que tienen las comunidades indígenas; para también las comunidades Afro, quienes se sienten marginadas, por las desigualdades existentes”. Indicó el legislador. La proposición fue negada con 41 votos por el No y 31, por el SI.

El Viceministro del Interior Carlos Baena agradeció a los congresistas por el apoyo dado a la iniciativa, “es impórtate, que los cabildos pueden contratar de manera directa. Estamos promoviendo la equidad y generando oportunidades, esto traerá mucho desarrollo a las comunidades”.

Comisión Segunda aprobó Acuerdos entre Colombia con Emiratos Árabes y España y la conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná

El acuerdo entre Colombia y los Emiratos Árabes Unidos, así como el convenio marco de cooperación con España y la conmemoración y exaltación del bicentenario de la batalla de Bomboná fueron tratados en la sesión de la Comisión Segunda.

Bogotá D.C, 14 de septiembre de 2021. (Prensa Senado). La Comisión Segunda aprobó el Proyecto de Ley No. 150 de 2021 Senado “por medio de la cual se aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con servicios aéreos entre y más allá́ de sus respectivos territorios”, suscrito en Brasilia, el 7 de noviembre de 2012, pasando así a segundo debate.

En su intervención, el senador ponente, José Luis Pérez Oyuela (Cambio Radical), el acuerdo suscrito en Brasilia “busca que la República de Colombia y los Emiratos Árabes Unidos tengan relación de servicios aéreos entre sus regiones y más allá de ellas”.

El senador Pérez, continuó su intervención comentando que si se incorpora al ordenamiento jurídico colombiano el acuerdo de Brasilia, no solo se dinamizará en transporte aéreo sino que también se pueden satisfacer requisitos internacionales estratégicos en relaciones comerciales, en flujos de inversiones y se podrán ampliar aspectos de cooperación.

De igual manera, el Viceministro de Relaciones Exteriores, Francisco Echeverry comentó que este proyecto de servicios aéreos con Emiratos Árabes beneficiaría a la economía colombiana y el empleo, ya que se posicionaría al país como un centro del transporte internacional desde esa zona del mundo.

Este acuerdo favorece el desarrollo del transporte aéreo, propiciando una expansión económica entre ambos países y se facilita la cooperación internacional en ese sector. De igual manera fortalece el turismo como factor de desarrollo económico del país.

Por su parte, el Proyecto de Ley No. 149 de 2021 Senado “Por medio de la cual se aprueba el convenio marco de cooperación entre la República de Colombia y el Reino de España”, suscrito en Madrid, reino de España, el 3 de marzo de 2015, fue aprobado con nueve votos a favor pasando a segundo debate.

En su intervención, el senador ponente John Harold Suárez Vargas (Centro Democrático), afirmó que este proyecto tiene como objetivo aprobar el convenio marco de Cooperación entre Colombia y España, consta de 20 artículos que buscarán establecer un marco jurídico y de entendimiento entre los dos países para la identificación, desarrollo, ejecución, evaluación de las políticas, programas y proyectos de interés para ambos Estados.

Dentro del artículo segundo de este proyecto se encuentra consignado que entre las áreas de cooperación a trabajar se encuentran la Cooperación para el Desarrollo; acción humanitaria y de emergencia, en particular desde el ámbito de la gestión del riesgo; y la educación para el desarrollo y la sensibilización.

Por último, en la sesión se dio la discusión del Proyecto de Ley No. 093 de 2021 Senado “por medio de la cual se conmemora y exalta el Bicentenario de la batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-2022 y se dictan otras disposiciones”, el cual fue aprobado para segundo debate.

En su intervención, el senador ponente Antonio Sanguino (Partido Verde) afirmó que es un proyecto que se inscribe en la celebración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná que selló nuestra guerra de independencia de España y significó la pacificación del sur de Colombia, los departamento de Nariño y Cauca, así como la región amazónica y del pacífico sur colombiano.

Este proyecto de ley tiene como objetivo vincular a la Nación en la conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Bomboná, se rinda un homenaje público y un reconocimiento de carácter académico, histórico, cultural, social, educativo y ambiental a la región de impacto.

Reviva la sesión de la Comisión Segunda en el siguiente enlace: https://youtu.be/GQzpjcs8RzU

 

Se aprobó en primer debate, reforma a la Ley Sandra Ceballos

Promover, garantizar, y proteger los derechos fundamentales (dignidad humana, derecho a la igualdad y derecho a la salud) especialmente a estas mujeres que sobreviven al cáncer de mama.

Bogotá D.C., 14 de septiembre de 2021 (Prensa Senado). En la Comisión Séptima se aprobó primer debate del Proyecto de Ley Nº 455/2021 Senado y 068/2021 Cámara “por medio de la cual se modifica la ley 1384 de 2010, Ley Sandra Ceballos”. La presente Ley tiene como objeto eliminar las barreras de acceso a programas de apoyo de rehabilitación integral por parte de las mujeres sobrevivientes al cáncer de mama y establecer tiempos máximos de respuesta para brindar la atención requerida, así como dictar disposiciones generales frente al tratamiento y prevención de cáncer en Colombia.

C7 SenadoraLauraFortichLa Senadora Laura Fortich (Partido Liberal) hace referencia a la afectación de tres derechos fundamentales que se ven doblegados en las mujeres, dignidad humana, derecho a la igualdad y derecho a la salud (servicio a cargo del Estado para prestar servicio de salud a todos los habitantes del territorio Nacional).

En cuanto al articulado, se realizarán unas modificaciones necesarias, teniendo como guía de mejora los derechos anteriormente mencionados.
El articulo 2º, tiene que ver con la modificación del Articulo 11º de la Ley 1384 de 2010 quedará así: rehabilitación integral. Las entidades promotoras de salud de ambos regímenes ( los regímenes de excepción y especiales) entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, deberán garantizar el acceso de los pacientes oncológicos a programas de apoyo para la rehabilitación integral que abarcan la rehabilitación física en todos sus componentes, incluyendo cirugías y prótesis que sean necesarias según criterio medico, así como la atención psicológica y social. Esto con el fin de que las entidades responsables garanticen de forma priorizada eficiente y oportuna el acceso a los programas de apoyo, rehabilitación integral y/o soporte oncológico.

Articulo 3º, tiene que ver la modificación del Articulo 6º de la ley 1384 de 2010: acciones de promoción y prevención para el control del cáncer. Las entidades promotoras de salud, los regímenes de excepción y especiales y las entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, las demás entidades de aseguramiento y las instituciones prestadoras de servicio de salud publicas y privadas, deben garantizar acciones de promoción y prevención con pedagogía, concientización y autoconocimiento en ciudades y municipios a través de campañas educativas en las instituciones educativas de todos los niveles o donde se considere pertinente de los factores de riesgo para cáncer y cumplir con los indicadores de resultados en salud que definan para esta patología por el Ministerio de la Protección Social.

Fortich hace mención a la definición dada por el constituyente del estado, como un estado constitucional, social y democrático de derechos a través de la carta constitucional, exige: “las instituciones deben actuar en búsqueda de garantizar la progresividad de los derechos fundamentales de todas las personas que habitan el territorio Nacional y para el presente caso a las mujeres que sobreviven por afectación de una enfermedad que es el cáncer de mama, estableciendo disposiciones que contribuyen a la eliminación de las barreras de acceso a estos programas de apoyo de rehabilitación integral, establecer unos tiempos de respuesta para brindar la atención requerida y oportuna”.

Laura Fortich enfatiza que esta debe ser una Ley de la Republica que promueva, garantice, y proteja los derechos fundamentales, anteriormente mencionados, especialmente a estas mujeres que sobreviven al cáncer de mama. 

Ver sesión aquí https://youtu.be/l-9GukmYaY0