La iniciativa legislativa contempla herramientas de tipo penal, policivas y pedagógicas para la protección de los animales en el país.
Por: Isabel Colomna Sánchez
Bogotá. D.C. Marzo 2 de 2025 (Prensa Senado). Por unanimidad fue aprobada en el Congreso la llamada ‘Ley Ángel’. Su autora, la senadora Andrea Padilla (Alianza Verde), afirmó que esta iniciativa se convierte en la herramienta legal más importante, para luchar contra las peores formas de violencia que padecen los animales en el país.
“Con este proyecto aumentamos la pena privativa de la libertad para quienes maten con dolo a un animal, lo agredan sexualmente o le causen lesiones en su integridad corporal. Esta pena superará los tres años de cárcel, de manera que el delito dejará de ser excarcelable”, aseguró la congresista.
La senadora dijo que también se aumentaron las multas económicas. “Habilitamos a la policía para que ingrese a los domicilios cuando exista certeza y evidencia de que el animal está siendo violentado, de manera tal que su vida corre peligro inminente”, agregó.
La legisladora también informó que se crearon nuevos agravantes y penas accesorias. En este sentido dijo que se hace “obligatoria la capacitación y sensibilización de los operadores de justicia, fiscales, jueces, inspectores de policías, personeros”.
“Se creo una ruta nacional de atención de maltrato animal que llegue a todos los municipios, y una ruta de atención para las animales víctimas del conflicto armado. Ahora sigue la conciliación del texto de Cámara y Senado, para que pase a sanción presidencial y se convierta en la Ley de la República”, explicó la senadora Andrea Padilla.
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ABC de La ley de protección animal Colombia:
En lo penal: La ley más importante de protección animal Colombia
Aumenta la pena privativa de la libertad para quien mate con dolo a un animal, quien afecte gravemente su integridad o quien abuse sexualmente de él. Estas penas superarán los 3 años, lo que significa que el delito ya no será excarcelable. Aumentan las multas, que ya no serán de 5 salarios mínimos mensuales, sino de 15 a 30 cuando se le causen lesiones graves al animal, y de 30 a 60 cuando la consecuencia sea su muerte. Crea nuevos agravantes, como ejercer violencia vicaria con un animal, difundir pornografía con animales o escenas de violencia animal, agredir a un animal en una actividad económica o mutilarlo, entre otros. Crea penas accesorias como la prohibición de tener animales en un período que puede ser de hasta el doble de la pena, y la inhabilidad de tenencia o de ejercicio de profesión u oficio relacionado con animales. Crea un registro de personas condenadas a cargo de la Fiscalía y la Policía. Obliga a la Fiscalía a crear guías técnicas forenses para que cualquier médico veterinario, en cualquier municipio del país, pueda dar un dictamen pericial que sirva de prueba (hoy muchos procesos no prosperan por esta falta de soporte técnico)
En lo policivo: Habilita a la Policía para que ingrese en domicilio cuando haya certeza (evidencia) de que la vida del animal está en riesgo inminente. Exige la creación de una ruta nacional de atención al maltrato animal que llegue a todos los municipios del país, y de una ruta para la atención de animales víctimas del conflicto armado. Crea un procedimiento sancionatorio para la atención de casos de maltrato animal que no constituyan delito, que permita procesos y sanciones ágiles. Sanciona el abandono.
En lo pedagógico: Hace obligatoria la capacitación y sensibilización de fiscales, jueces, inspectores de policía y personeros municipales y distritales. Habilita la posibilidad de quien cometa maltrato leve pueda cumplir su sanción asistiendo a un curso sobre protección animal.