GOV CO

Banner Web Senado

Noticias

Proyecto creará un seguro exequial para repatriación de connacionales, que fallezcan en el exterior

Según el proyecto que espera su segundo debate, se adquirirá por una sola vez con la expedición del pasaporte y será voluntario.

Bogotá D.C., febrero 5 de 2020 (Prensa Senado).- Para discusión en segundo debate por parte de la plenaria del Senado se encuentra un proyecto de ley que implementa un seguro exequial como mecanismo para la repatriación de cuerpos de connacionales que se encuentren en el exterior.

Según los  senadores autores Álvaro Uribe Vélez, Fernando Nicolás Araujo, Alejandro Corrales Escobar y los representante Juan David Vélez, Juan Pablo Celis Vergel, Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, Juan Fernando Espina, esta iniciativa se origina de la necesidad a partir de los casos de familias “que han tenido que vivir la dolorosa y difícil situación de la muerte de un familiar y los diferentes escenarios que se presentan en el momento en que este tipo de circunstancias suceden fuera del territorio nacional, razón por la cual se vislumbra la necesidad de crear un mecanismo para repatriar a nuestros connacionales que fallecen en el exterior de una manera expedita y sin tramites dilatorios”.

Esta iniciativa que hizo su tránsito en la Comisión Tercera, y contó con la ponencia positiva del senador David Barguil, precisa que “El costo o contraprestación económica por el mecanismo establecido en desarrollo de la presente ley, será causado y pagado en una única oportunidad al momento de la expedición del pasaporte, quedando el mecanismo ligado a la misma vigencia con que fuere expedido el pasaporte”

Aclara que el costo del pasaporte es independiente al del mecanismo de repatriación de cuerpos, si el connacional decide no adquirir el mecanismo, pagará exclusivamente la tarifa fijada como costo del documento personal a ser expedido; si adquiere el mecanismo, pagará adicionalmente la suma correspondiente a la contraprestación de este.

En la exposición de motivos de la iniciativa se explica que cuando suceden estas calamidades, una de las grandes problemáticas son los altos costos de las repatriaciones. “Para los casos de cremación los costos pueden ascender a seis millones de pesos y para los casos de una repatriación los precios van desde los 12 hasta los 30 millones, estos valores varían dependiendo del país, el estado, la ciudad y la temporada”.

Finalmente, precisa el proyecto que el contrato de seguro exequial podrá ser ofrecido por seguradoras legalmente constituidas de carácter privado, público o mixto y vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la explotación del ramo de seguro exequial, con cobertura de gastos para repatriación.

A partir del próximo 16 marzo continuará la discusión de este proyecto en la plenaria del Senado de la República.

(Imagén Pixabay)

No más violencia política contra las mujeres

Según ponencia del proyecto, el 64% de las mujeres del país, que ostentan cargos de elección popular han sufrido alguna conducta relacionada con violencia política.

Por: Isabel Colomna

 Bogotá D.C. febrero 5 de 2021(Prensa Senado).- Con el ánimo de fortalecer la democracia colombiana, mediante el establecimiento de garantías en favor de las mujeres que incursionan a la vida política, congresistas de Colombia, presentaron un proyecto de ley que busca establecer medidas para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en la vida política.

A fin de asegurar que ejerzan plenamente sus derechos político-electorales y participen en forma paritaria y en condiciones de igualdad en todos los espacios y funciones de la vida política y pública, particularmente en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos de poder público. La ponencia para primer debate, la hará la Representante Adriana Matiz.

La iniciativa es de autoría de las senadoras del Partido Conservador Nadya Georgette Blel Scaf, Esperanza Andrade de Osso, Nora María García Burgos, Myriam Alicia Paredes Aguirre, Soledad Tamayo Tamayo y las Representantes Adriana Magali Matiz Vargas, Diela Liliana Benavides Solarte, María Cristina Soto De Gómez y Nidia Marcela Osorio Salgado.

La norma pretende proteger a todas las mujeres que ostenten la calidad de servidoras públicas en los máximos niveles decisorios, precandidatas, candidatas, electas, militantes de partidos y movimientos políticos, lideresas sociales y comunales, en ejercicio de sus derechos de participación y representación política y ciudadana.

El proyecto expresa que violencia contra la mujer en la vida política, es la acción u omisión en el ámbito político o público que, basada en el género, cause daño a una o varias mujeres y que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de sus derechos político, electorales, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público, conducta que puede ser realizada en forma directa o a través de terceros.

 Este tipo de violencia se podrá manifestar mediante presión, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, vejación, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón del género.

Así mismo expresa que las mujeres tienen el derecho a ejercer una vida política libre de violencia. igualmente, a ser libre de toda forma de discriminación en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.  Al igual que el derecho a vivir libre de patrones, estereotipos de comportamiento y de prácticas políticas, sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.

Medidas de prevención y órganos responsables

La iniciativa indica que el Gobierno Nacional a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, articulado con las Secretarías Municipales y Distritales de la Mujer y demás instancias de prevención y atención de violencia con ocasión al género, diseñará las políticas, planes, programas y proyectos necesarios para promover el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia.

Promoviendo la formación de liderazgos políticos de mujeres y el fortalecimiento de las redes de mujeres políticas. Asimismo, estrategias de prevención y mitigación de riesgos de violencia contra la mujer en la vida política. Diseñar protocolos de atención oportuna para asegurar la protección de los derechos políticos y electorales de las mujeres víctimas de violencia política. entre otras. Indica que las políticas, planes, programas y proyectos que promuevan el derecho de las mujeres a una vida política libre de violencia, serán implementados y monitoreados por el Ministerio del Interior.

Las autoridades electorales

El proyecto contempla que El Consejo Nacional Electoral, regulará las medidas de prevención de violencia contra la mujer en la vida política, durante la actividad electoral, los procesos y campañas electorales y las sanciones por la realización de estas conductas. Establecerá un protocolo de actuación de carácter interno que identifique las dependencias responsables, así como las medidas correctivas y el procedimiento sancionatorio aplicable ante los casos de violencia contra las mujeres en la vida política/ electoral. Velará por el cumplimiento de las medidas que se dispongan en los partidos políticos y movimientos políticos para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en la vida política y aplicar las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento, de acuerdo con la normativa aplicable.

Los partidos y movimientos políticos

Los partidos o movimientos políticos, a través de la dependencia de género o del organismo facultado para ello, deberán adoptar al interior de la colectividad un protocolo de prevención de violencia contra la mujer en la vida política y las sanciones a interponer con ocasión a la vulneración de los derechos político- electorales de las mujeres.

Rechazará y sancionará cualquier expresión que implique violencia contra las mujeres en la vida política ejercida por los militantes, miembros y directivos del partido o movimiento político. También promoverá la participación política paritaria y en igualdad de condiciones; Impulsar programas especializados de capacitación sobre derecho electoral con perspectiva de género dirigida a la militancia del partido o movimiento político y a sus órganos de dirección.

Participación en política de las mujeres en el país

En la ponencia para primer debate del proyecto se informa que el 279 curules del Congreso, 55 están ocupadas por mujeres (19.7%), lo que permite evidenciar que Colombia sigue estando por 11 puntos porcentuales por debajo del promedio regional de las Américas, que está en un 30.7% de mujeres en Parlamentos.

Igualmente, que en las Gobernaciones para el periodo 2016 – 2019, las mujeres elegidas representaron un 20%, respecto de las candidatas, mientras que para 2020 – 2023 tan solo representaron el 10%.  En las Alcaldías para el periodo 2016 – 2019, las mujeres elegidas representaron un 20.6%, respecto de las candidatas, mientras que para 2020 – 2023 fueron el 17.5% Para el periodo 2020 – 2023, resultaron elegidas el mismo número de mujeres que para el periodo 2008 – 2011 en las asambleas, cuando estos periodos reportan una diferencia de 926 candidatas.

En relación a los concejos la cifra no es más alentadora, ello por cuanto tan solo se tuvo un aumento de 30 concejalas, entre los periodos 2016 – 2019 y 2020 – 2023, mientras que por ejemplo entre los periodos 2008 – 2011 y 2012 – 2015, la diferencia fue de 354 mujeres más, es decir, un aumento del 21.4%.

El proyecto se someterá a discusión, en la Comisión Primera de Cámara, con el propósito tomar medidas para contrarrestar todas estas conductas de violencia política, que desincentivan la participación femenina en los escenarios políticos- electorales. 

Senador David Barguil advirtió sobre celeridad de la Ley ‘Borrón y Cuenta Nueva’

Por: Evelyn Díaz

Bogotá D.C. 5 de febrero de 2021. (Prensa Senado).-Levantando la de voz de ‘urgencia’ por millones de colombianos, el Senador David Barguil (Partido conservador) autor de la ley ‘Borrón y Cuenta Nueva’ que busca eliminar reportes en las centrales de riesgo, advirtió sobre la celeridad de esta iniciativa expresando “La Corte Constitucional solicitó unas actas de plenaria a secretaría Cámara de Representantes para continuar estudio”.

Sustentándose esta vez, en la carta de la Corte Constitucional que fue enviada a la Cámara de Representantes con fecha del 3 de febrero de 2021, documento en el que se indica textualmente “ Con el fin de dar respuesta al oficio de la referencia, y respecto al trámite surtido por el proyecto de ley número 062 de 2019 Senado - 314 de 2019 Cámara ‘Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley Estatutaria 1266 de 2008, y se dictan disposiciones generales del Habeas Data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones’ me permito adjuntar la siguiente información… ”

carta barguil TW

Respecto a lo anunciado por el congresista, el documento precisa: “Me permito informarle que las siguientes actas de Plenaria no han sido aún publicadas en la Gaceta del Congreso debido a que se encuentran en proceso de edición en la Imprenta Nacional de Colombia”.

De esta manera, el legislador, insiste en la entrada en vigencia de la ley que otorgará un período de pago de hasta 12 meses a los colombianos, después  de su aprobación, para cubrir deudas y así puedan ponerse al día.

“Pedimos que no se dilate un día más este proceso. Como autor acompaño el clamor de millones de colombianos para que esta ley entre en vigencia ya”, expresó.

Recordemos que esta ley fue aprobada en plenaria senado en el mes de junio de 2020.  

Consulte la carta: https://twitter.com/davidbarguil/status/1357332692870823938 y en  image Carta Corte Constitucional P L Borrón y Cuenta Nueva (332 KB)

Para consultar sobre la Ley "Borrón y Cuenta Nueva": https://borronycuentanueva.co/

(Foto de referencia Pixabay)