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Comisión Quinta Constitucional

Se aprobaron 32 proyectos de ley y realizó 50 sesiones.  Entre los temas tratados por esta célula legislativa, en los 18 debates de control político realizados se destacan temáticas del orden nacional como la deforestación, las medidas adoptadas para el beneficio del campesinado colombiano, reservas y política regulatoria del gas natural y GLP en Colombia, los avances en la restitución de tierras y el incremento en las tarifas de los peajes.

Por Evelyn Díaz Solano

Bogotá D.C., 23 de Junio de 2021 (Prensa Senado)-. De los 60 proyectos de ley radicados en la Comisión Quinta del Senado de la República, que tuvo en esta legislatura como presidente al senador Guillermo García Realpe (Liberal) y como vicepresidenta a la congresista del partido Conservador, Nora García Burgos; fueron aprobados 32 proyectos, cuatro archivados, uno retirado por solicitud del autor, seis que continúan su trámite en comisión en la siguiente legislatura, mientras que 17, fueron devueltos por tránsito de legislatura.

De igual manera, durante esta vigencia, que se desarrolló en 50 sesiones, fueron realizados 18 debates de control político, 16 audiencias, un foro y además fueron aprobadas 84 proposiciones.

Entre los debates de control político, se destacan temas contundentes de la realidad nacional como las medidas adoptadas para la protección e impulso del sector agropecuario frente a la crisis debido a la pandemia, ocasionada por el Covid-19, el estado de las vías terciarias y secundarias del país, la deforestación, los avances en la restitución de tierras, el incremento en las tarifas de los peajes, el incremento en las tarifas de los peajes, reservas y política regulatoria del gas natural y GLP en Colombia, la inconveniencia de la construcción de la planta Regasificadora del Pacífico, implementación y manejo de los recursos recaudados por el impuesto al carbono.

Respecto a los proyectos de ley que pasaron a segundo debate, se encuentran entre otros, los que tienen por objeto: Regular la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, crear medidas para fomentar la restauración de ecosistemas con especies nativas en predios rurales de uso agropecuario, formalizar la propiedad de tierras rurales en Colombia, fortalecer los esquemas de agricultura por contrato, así como la metodología de sistematización de precios de las cadenas de comercialización en el sector agropecuario y pesquero.

Asimismo, iniciativas legislativas como la gestión de residuos domésticos con riesgo biológico e infeccioso como un servicio público prioritario y continuo, la prohibición del plástico de un solo uso en áreas protegidas, turísticas y zonas de reserva natural, establecer medidas para promover, garantizar, desarrollar y consolidar la Economía Campesina y la Agricultura Familiar, reglamentar la formulación y ejecución por parte del Gobierno Nacional del Plan Maestro Nacional Para La Gestión Integral de Los Residuos Sólidos - Ley para la sostenibilidad del medio ambiente.

En el curso de las sesiones no presenciales, quedaron pendientes de presentación de la ponencia para primer debate, los siguientes proyectos de ley:

471 de 2021 Senado – 146 de 2020 Cámara “Por medio del cual se promueve la arborización urbana y periurbana con énfasis en especies nativas para conservar la biodiversidad y mejorar el equilibrio ambiental de los distritos y municipios de todo el territorio nacional”.

472 de 2021 Senado – 014 de 2020 Cámara “Por la cual se crea la licencia ambiental para cementerios y se dictan otras disposiciones”.

484 de 2021 Senado – 045 de 2020 Cámara “Por medio del cual se establece la estrategia para la gestión integral de los residuos de las colillas de cigarrillo, tabaco, picaduras y cualquier otro residuo generado de este producto”.

 486 de 2021 Senado – 147 de 2020 Cámara “Por medio del cual se crea la red colombiana de identificación animal RCIA, la cédula animal y se dictan otras disposiciones”.

496 de 2021 Senado – 431 de 2020 Cámara “Por medio de la cual se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia y se dictan otras disposiciones”.

497 de 2021 Senado – 037 de 2020 Cámara “Por medio de la cual se incentiva el uso productivo de la guadua y el bambú y su sostenibilidad ambiental en el territorio nacional”.

Consulte el informe de la Comisión Quinta del segundo legislativo 2020-2021, en el siguiente   pdf PDF. (7.45 MB)

 

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Senado aprobó que madres cabeza de hogar cumplan condenas con trabajos comunitarios

Se trata del proyecto de ley 093 de 2019 senado, 498 de 2020 cámara: “por medio del cual se adoptan acciones afirmativas para mujeres cabeza de familia en materias de política criminal y penitenciaria, se modifica y adiciona el código penal, la ley 750 de 2002 y el código de procedimiento penal y se dictan otras disposiciones”, el proyecto, tras culminar su trámite en el Senado, pasó a sanción presidencial.

Por: Angélica Arango Sepúlveda

Bogotá D.C. 22 de junio de 2021 (Prensa Senado). Este proyecto de ley les permitirá a las madres cabeza de hogar privadas de su libertad, pagar sus condenas con trabajo comunitario. El beneficio aplicaría solo para aquellas que hayan cometido delitos menores que no afecten la seguridad ciudadana y que puedan demostrar que sus actos fueron cometidos en condiciones de marginalidad.

El senador Rodrigo Lara Restrepo (Cambio Radical) fue uno de los principales ponentes a favor del proyecto y quien dio la noticia acerca de la aprobación en último debate del mismo y aseguró que esta normativa es muy importante para lograr resocializar a las mujeres que hayan cometido delitos menores y no quitarles la oportunidad de criar a sus hijos.

El Senador argumentó que “este proyecto es muy importante en un país como Colombia, donde se ha alertado acerca del aumento de las mujeres que ingresan al sistema penal”, expuso un estudio del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Universidad Javeriana y el Centro de Investigación y Docencia Económicas de México en el que se indica que el total de las mujeres condenadas en el país, el 75% de ellas son madres de cabeza, y de ellas, el 53,4 % han sido condenadas por delitos menores en los que habrían incurrido por sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad y el 80% nunca había estado presa.

Asimismo, señaló que del porcentaje que es madre cabeza de familia, el 54% son cuidadoras principales de sus hijos. El 32% de estas mujeres manifestaron que sus hijos pasaron a vivir a otro hogar mientras estaban en la cárcel, el 79% sostuvo que estos desmejoraron su rendimiento académico mientras pagaban la pena, entre el 18 y 38% abandonaron sus estudios para trabajar o cuidar a sus hermanos y entre el 10 y 26% comenzaron a consumir alcohol y drogas.

Teniendo esto en cuenta, se señaló la importancia de implementar la normativa, no sin que esta ponga ciertas condiciones que permitan acceder al beneficio.

 Entre las condiciones está:

  • Ser mujer madre cabeza de familia.
  • No tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito.
  • Tener una condena menor o igual a ocho años.
  • No haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la de sus hijos.
  • Demostrar que las condiciones de comisión del delito están asociadas a condiciones de marginalidad que afectan la manutención del hogar.

Abecé de la ley

  • La presente ley tiene como objeto adoptar acciones afirmativas para las mujeres cabeza de familia en materia de política criminal y penitenciaria.
  • En los casos de mujeres cabeza de familia condenadas por hurto en concurrencia con los agravantes o calificantes establecidos en los artículos 240 y 241 del C.P. en los que el juez establezca que por sus antecedentes personales, sociales y familiares no es necesaria la ejecución de la pena en establecimiento de reclusión, este podrá otorgar, discrecionalmente, la pena sustitutiva de servicio de utilidad pública.
  • Corresponderá al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, con base en el listado de oportunidades de utilidad pública, definir juntamente con la condenada el lugar, horario y el plan de cumplimiento del servicio, de manera que no interfiera con su jornada laboral o educativa.
  • Si la condenada no iniciare la prestación del servicio de utilidad pública en los términos antes señalados, se revocará la sustitución y deberá cumplir la pena de prisión impuesta.
  • Si durante el periodo de prestación de servicio de utilidad pública, la condenada violare injustificadamente cualquiera de las obligaciones o requisitos adicionales impuestos (el proyecto establece un listado de algunas faltas), se ejecutará inmediatamente la pena de prisión en lo que hubiere sido motivo de sustitución y se hará efectiva la caución prestada.
  • Establece el proyecto que la condenada que se encuentre privada de la libertad al momento de la promulgación de la presente ley, podrá solicitar ante el Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad la sustitución de la pena de prisión que tenga pendiente de cumplir por la de prestación de servicio de utilidad pública. Finalmente, presente el proyecto un régimen de exclusión de este tipo de pena sustitutiva a un listado exhaustivo de delitos.