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Mayores acciones y articulación piden al Comité de Prevención de la Violencia Sexual de menores y adolescentes abusados sexualmente

25.536 casos de violencia sexual a niños, niñas y adolescentes se presentaron en el país durante el 2019.

Por: Marisol Rojas I.

Bogotá, D.C. septiembre 9 de 2020. (Prensa Senado).- Ante la Comisión Séptima del Senado presentó informe de gestión el comité encargado de la prevención de la violencia sexual de niños, niñas y adolescentes. Se contó con la participación de delegados del ICBF, la Fiscalía General de la Nación, Instituto de Medicina Legal y la Policía Nacional.

Alejandro Peláez Director de Protección del ICBF informó que según cifras del Ministerio de Salud, en Colombia durante el 2019, se presentaron 25.536 casos de violencia sexual, de los cuales de 15 a 18 años son 3057 mujeres - 320 hombres, de 10 a 14 años son 10.560 mujeres - 1.099 hombres, de 5 a 9 años son 4.730 niñas - 1.616 niños, de 1 a 4 años 3.026 niñas - 971 hombres y menores de un año 122 niñas - 35 niños.

El funcionario alertó también sobre los 5.442 casos de niñas que dieron a luz en edades de 10 a 14 años. Precisó, que Bogotá, Cundinamarca, Antioquia y Valle son los lugares en donde más casos de violencia sexual se presentan. Informó, que adelantan programas de prevención y capacitación; desarrollan diferentes campañas de divulgación con las cuales buscan llegar a funcionarios que atienden a esta población, y para las víctimas, con información para el acceso a la denuncia.

El director de protección cerró su intervención con los retos que se proponen: fortalecer los materiales que reproducen a través de los comités territoriales, lograr que los funcionarios públicos tengan formación en violencia sexual de género, en enfoque de género y derechos humanos, fortalecer los programas de investigación, judicialización y atención a las víctimas, como la unificación de los sistemas de información.

Por su parte el Subdirector de Servicios Forenses, Carlos Murillo, precisó que la misión de su entidad está relacionada con respecto a la atención forense como apoyo técnico y científico que permite adelantar el proceso penal. Destacó la importancia de la captura y análisis de datos estadísticos sobre tipos delictivos definidos en la ley, datos importantes, ya que sirven como insumo para la formulación e implementación de políticas públicas de prevención, atención e investigación de delitos.

Dentro de las estrategias de prevención trabajan en programas de sensibilización. Frente a la atención han adecuado el servicio acorde a las necesidades de las víctimas, Actualmente cuentan con 146 puntos en 120 municipios. -Nosotros nos articulamos con los servicios de salud de los diferentes territorios para tener mayor cobertura-, precisó el funcionario. Dijo, que de los 25,695 reconocimientos medico legales por presunta violencia sexual, el 88% de los casos, las víctimas son niños, niñas y adolescentes entre o y 18 años.

El 86% de estos delitos suceden en la cabecera municipal, el 85% de las víctimas son niñas - mujeres, y el 15% restante son niños-hombres. Así mismo, informó que el 85% de las víctimas, los agresores eran cercanos y que el 76% de estas agresiones suceden en el lugar de vivienda. El funcionario terminó su presentación con los desafíos para la entidad: establecer los estándares mínimos para la atención forense de la violencia sexual, establecer sistemas de alertas, unificar los sistemas de información.

El coronel Diego Hernan Rosero, Director de Protección y Servicios Especiales de la Policía Nacional precisó, que la falta de denuncia en especial en áreas rurales y a la cultura de algunos sectores sociales son parte de la dificultad para contrarrestar estos delitos. Dijo, que desde la entidad adelantan estrategias de prevención, atención e investigación criminal para lograr evitar hechos revictimizantes en esta población. Informó, que están fortaleciendo los procesos de atención, la protección de la familia a través del conocimiento de sus derechos en los 32 departamentos del país. Resaltó que en el 2019 se logró la captura de 4.448 personas, con 254 operaciones de impacto que permitieron su judicialización.

Describió las diferentes acciones de prevención que se adelantaron en 145 municipios priorizados, con lo cual beneficiaron a 447 mil personas. Dentro de los retos que tiene la entidad, el funcionario informó, que desde la dirección están retroalimentando a la policía de los cuadrantes para mejorar la cobertura en el territorio. Así cómo el trabajo de fortalecimiento en capacitación a policías de infancia y adolescencia; y por su puesto el aunar esfuerzos entre las entidades para fortalecer la capacidad de respuesta ante delitos de violencia sexual.

Como cierre del informe Claudia Piedad González, delegada de la Fiscalía General de la Nación, precisó que la entidad durante el 2019 recibió el informe de atención y prevención integral el cual denota 43.127 noticias criminales, dijo que, el 82.7% son en niñas, es decir 35.393 víctimas de este delito, y 5834 niños. La funcionaria denunció que, dentro de los delitos de violencia sexual, el de pornografía se está incrementando. Precisó, que desde la fiscalía se han adelantado estrategias para que las víctimas se acerquen a la entidad, a través de las campañas de divulgación de prevención que vienen adelantando desde las diferentes entidades. Enfatizó en que desde el despacho del fiscal se lidera de manera directa acciones para estar apoyando en el territorio nacional. Dijo que el espacio educativo es de vital importancia para el trabajo de prevención, dijo que actualmente adelantan acciones de formación e información con las entidades educativas de cinco ciudades a través de charlas con estudiantes y padres de familia .

Por su parte, el presidente de la Comisión Séptima, el Senador José Ritter López, llamó la atención a la secretaría técnica del comité a cargo del ICBF. Los invito a revisar la ley, el senador precisó, que el comité debe producir políticas públicas. Consideró que, tras el informe, se evidencia que no se está dando cumplimiento a la misionalidad del mismo. Dijo, que metodológicamente no se ve la acción del comité, e Invitó a que se presente un trabajo articulado con estrategias, acciones y resultados que se tengan frente a lo que está sucediendo.

La Senadora, Victoria Sandino, expresó que el comité como tal no funciona, porque está actuando de manera desarticulada. Enfatizó, en que es muy triste ver cómo han subido las cifras de violencia sexual en niños, niñas y adolescentes en el país durante la pandemia. Precisó que no ve acciones concretas, ni acciones conjuntas del estado. ¨En los informes se evidencia que las acciones no se han concretado, dijo la Senadora.

El Senador, Jesús Alberto Castilla ,expresó su preocupación frente al incremento en las cifras de violencia, destacó que para dar solución se requiere de una política articulada y de la disponibilidad de las instituciones para ser más eficaces. Frente a la estrategia que medicina legal planteó con respecto a los procesos de formación en violencia de género a funcionarios, que, en muchos casos, en el desarrollo de la investigación a una víctima de violencia sexual, algunos funcionarios enfocan la investigación a la manera de caminar, de vestir de la denunciante, con lo cual, además de revictimizar, termina responsabilizando a la víctima del mismo abuso.

Por su parte, la senadora Aydee Lizarazo Cubillos, precisó que desde su partido se creó este comité con el propósito de desarrollar e implementar estrategias de prevención para evitar el abuso sexual a niños, niñas y adolescentes en el país. Señaló que hacen falta acciones concretas y resultados que erradiquen este tipo de violencia. De otra parte, precisó que existen otros tipos de delitos que están afectando a los niños. Informó que desde el partido MIRA se está trabajando en la prevención del delito cibernético. Y cerró su intervención pidiendo a la Comisión se trabaje en la adopción de medidas que contrarresten el tema de turismo sexual a nivel nacional.

La Senadora Milla Romero, pidió trabajar más en estrategias y acciones en pro de la prevención y enfatizó, en que el reto es lograr llegar a cero casos de violencia sexual en niños, niñas y adolescentes.

El Senador Manuel Bitervo hace un llamado a la fiscalía, frente al punto de violencia sexual a la población indígena por parte de la fuerza pública. Así mismo preguntó si el comité frente a esta situación ha adelantado algún tipo de trabajo de formación a los integrantes de la fuerza pública.

Frente a las acciones de sensibilización presentadas en el informe por el comité, la Senadora Nadia Blel, pidió un mejor manejo a las estrategias de información a través de las campañas de divulgación para que los niños puedan identificar y denunciar los delitos sexuales. Precisó que hay una ley de su autoría, que permite alejar a los abusadores del contacto con niños. Enfatizó, en que este es un registro que permite defender a los niños de los abusadores y a la fecha, el comité no ha presentado balance, ni resultados.

La senadora Laura Fortich Sánchez, cerró el debate de control político, con un llamado a revisar el presupuesto del ICBF, presupuesto que el Ministerio de Hacienda se había comprometido a fortalecer.

A un paso proyecto de Ley que establece prisión para quien suministre o formule, de forma ilegal, medicamentos a deportistas

La Comisión Primera también aprobó la Ley de Reglamentación de pólvora y productos pirotécnicos y la Ley de Trata de Personas

Bogotá D.C., septiembre 9 de 2020 (Prensa Senado).- La Comisión Primera de Senado, aprobó en tercer debate el proyecto de Ley por medio del cual se modifica el artículo 380 del Código Penal, Ley 599 de 2000, que establece la pena de cárcel para el que suministre de forma ilegal medicamentos a deportistas para mejorar su rendimiento.

El artículo 380 del Código Penal (Ley 599 de 2000) quedará así: Suministro o formulación ilegal a deportistas. El que, en incumplimiento de las normas antidopaje expedidas por la agencia mundial antidopaje –Wada-, formule, suministre, aplique o administre a un deportista profesional o aficionado, alguna sustancia o método calificado como prohibido por esa autoridad, o lo induzca al consumo, o posea con el ánimo de comercializar, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a setenta y dos (72) meses y multa de sesenta y seis (66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará hasta en la mitad, cuando:

1. La conducta recaiga sobre un menor de edad

2. La conducta se realice mediante engaño o coacción

3. El responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad o poder sobre la víctima.

4. Se realice en un escenario deportivo. A las sanciones previstas en el artículo 379 quedará sujeto el profesional o practicante de medicina, odontología, enfermería, farmacia o personal de apoyo del atleta que, en ejercicio de ellas, realizare las conductas previstas en este artículo”.

Sustancias prohibidas en competición – estimulantes: adrafinilo, anfepramona, anfetamina anfetaminilo, amifenazol, benfluorex, benzilpiperazina, bromantán, clobenzorex, cocaína cropropamida, crotetamida, fencamina, fendimetrazina, fenetilina, fenfluramina, fenproporex, phenylpiracetam-carphedon, fentermina, fonturacetam, lisdexamfetamina mefenorex, mefentermina, mesocarbo, metanfetamina (d-) p-metilanfetamina, modafinilo norfenfluramina, prenilamina, prolintano - narcóticos buprenorfina, dextromoramida diamorfina (heroína) fentanil , y sus derivados; hidromorfona, metadona, morfina, nicomorfina, oxicodona, oximorfona, pentazocina, petidina – canabinoides, canabinoides, naturales, p.ej. canabis, hachís y marihuana, canabinoides sintéticos por ej. δ9-tetrahidrocanabinol (thc) y otros canabimiméticos, - glucocorticoides betametasona budesonida cortisona deflazacort dexametasona fluticasona hidrocortisona metilprednisolona prednisolona prednisona triamcinolona.

Sustancias prohibidas en ciertos deportes - Betabloqueantes están prohibidos en los siguientes deportes:

Automovilismo (FIA)

Billar (todas las disciplinas) (WCBS)

Dardos WDF

Deportes submarinos (CMAS) en apnea de peso constante con o sin aletas, apnea de peso variable, apnea dinámica con o sin aletas, apnea estática, apnea Jump Blue, apnea de libre inmersión, pesca submarina y tiro al blanco.

Esquí / Snowboard (FIS) en saltos, acrobacias y halfpipe estilo libre de esquí, y halfpipe y Big Air de snowboard.

Golf (IGF).

Tiro (ISSF, CPI)

Tiro con arco (WA).

Ley de reglamentación de pólvora y productos pirotécnicos

La Comisión Primera del Senado, también aprobó en primer debate proyecto de Ley, por medio de la cual se garantizan los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la recreación de todos los habitantes en especial los niños, niñas y adolescentes en el territorio nacional mediante la regulación del uso, la fabricación, la manipulación, el transporte, el almacenamiento, la comercialización, la compra, la venta y el expendio de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones.

El proyecto que regula el mercado de pólvora y productos pirotécnicos establece sanciones de uno a 200 SMLV para los incumplan la reglamentación.

Se crean incentivos a los municipios que presenten reducción de casos de lesiones por pólvora y se intensifican las estrategias de control a la venta de artefactos pirotécnicos antes durante y después de los días de celebraciones.

También se contempla que se exijan planes de contingencia 15 días antes de las festividades y la realización de los ajustes pertinentes por territorio.

Se ordena controlar rigurosamente el expendio, manipulación y transporte de los artefactos pirotécnicos (totes y voladores) que producen lesiones severas como amputaciones y quemaduras de tercer grado, especialmente en menores de edad.

Los mandatarios locales deberán evaluar y analizar las medidas que implementaron en las entidades territoriales que lograron reducir la ocurrencia de casos, las medidas que se implementaron antes de la temporada y aclarar cuáles pudieron ser las más exitosas y las que no contribuyeron al control.

El legislador recuerda que existe un pico epidemiológico de lesiones altas en diciembre y fin de año relacionadas con la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y el uso inadecuado de la pólvora pirotécnica.

En el mes de diciembre y la primera semana de enero existe una mayor restricción en la venta, la fabricación y manipulación, pero no se ha evidenciado la efectividad en la vigilancia, control y sanción.

Sobre trata de personas

Seguidamente, la Comisión Primera de Senado, aprobó en primer debate el proyecto de Ley por la cual se modifica el Código Penal colombiano Ley 599 de 2000, adicionando una circunstancia de agravación punitiva al delito de trata de personas y se dictan otras disposiciones.

El presente proyecto de ley propone aumentar en la mitad de la misma pena en las circunstancias de agravación punitiva, específicamente en casos de explotación de la mendicidad ajena en circunstancias de sometimiento de los niños, niñas o adolescentes mediante la ingesta de ingesta de sustancias psicoactivas que inhiban su razón, juicio o voluntad, como lo contempla el artículo 188-A del Código Penal referente a la trata de personas.

Y estas personas son los niños, niñas y adolescentes entre cero (0) y dieciocho (18) años de edad.

Asimismo, se subraya en el presente proyecto de ley cuando la conducta descrita en el artículo 188 A y 188 B sea cometida o facilitada por los progenitores del niño, niña o adolescente, o por quienes lo tengan bajo su custodia o cuidado, con fines de mendicidad o similar, dará lugar a la terminación de la patria potestad por emancipación judicial, previo al procedimiento legal vigente, adelantado por la autoridad administrativa o judicial según el caso. Es pertinente señalar que, en Colombia, de acuerdo al artículo 315 del Código Civil colombiano se termina la patria potestad por emancipación judicial cuando el juez lo decrete, y uno de los casos es el atinente al maltrato del hijo.

De igual manera, en concordancia con el artículo 14 de la Ley de Infancia y Adolescencia cuando se violen los parámetros establecidos referentes la responsabilidad parental que se constituye en el complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil.

Se trata de casos de violencia física o psicológica o en actos que impidan el ejercicio de los derechos de los niñas, niños y adolescentes (artículo 14, Ley 1098 de 2006).

La norma penal en el artículo 188-A se refiere a la mendicidad ajena, las circunstancias de agravación punitiva no contemplan el más usual de los tipos de mendicidad que se presentan en la realidad colombiana cuando a los niños, niñas o adolescentes se le somete a la ingesta de sustancias químicas que alteran su comportamiento, enajenan su voluntad y transforman significativamente el proyecto de vida de las personas en las etapas de su desarrollo humano. Por consiguiente, el legislador colombiano debe asumir la tarea de legislar estas situaciones que comprometen, la salud, el bienestar y el desarrollo ulterior de los menores.

Se aclara que la protección no solamente será para los niños o niñas entre cero (0) y doce (12) años, sino también a los adolescentes entre doce (12) y dieciocho (18) años de edad.

Por unanimidad la Comisión Primera de Senado aplaza el debate del PL Estatutaria por la cual se desarrolla el artículo 22 de la Carta Política Colombiana, atinente al derecho y deber fundamental de la Paz, mientras se organiza un foro.

Comisión Primera aplaza discusión de proyectos

Durante la sesión la Comisión aplazó la discusión del proyecto de Ley por medio de la cual se prohíbe el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección contra niñas, niños y adolescentes y se dictan otras disposiciones por qué este jueves 10 de septiembre se realizará una audiencia pública sobre este proyecto de Ley.

Presidente de la Comisión Miguel Ángel Pinto designó ponentes del Código Electoral.

Coordinador ponente: Armando Benedetti. Ponentes: Carlos Guevara, Eduardo Pacheco, Alexander López, Gustavo Petro, Julián Gallo, Fabio Amín, Luis Fernando Velasco, Iván Name, Angeliza Lozano, Paloma Valencia, Santiago Valencia, Esperanza Andrade y Juan Carlos García, German Varón Cotrino, Temístocles Ortega y Roy Barreras.

Igualmente, anunció la realización de una audiencia pública el próximo miércoles 16 de septiembre para conocer comentarios sobre: Código Electoral; Participación política de niños, jóvenes y adolescentes; Pluralismo políticos y derechos políticos a través coaliciones; Reforma procedimientos electorales; Regulación de la divulgación de encuestas; Medidas para garantizar la factibilidad de encuestas; Reforma Política Electoral y Limitar los periodo de los miembros de elección de cuerpos colegiados de elección directa.

A instancia del Senador Eduardo Enrique Maya, la Comisión Primera del Senado, también aprobó la realización de un encuentro académico para continuar con el debate de la sentencia de la CIDH del exalcalde Gustavo Petro y en donde se ordena que la Procuraduría y la Contraloría no declare la inhabilidad y suspensión de los elegidos por votos popular.

Por solicitud de la senadora María del Rosario Guerra, la Comisión Primera del Senado aceptó el retiro del proyecto de Ley por medio de la cual se faculta la redención de pena privativa de la libertad mediante el fortalecimiento de la formación en valores en los establecimientos de reclusión.

Al finalizar la sesión el presidente de la Comisión levantó la sesión y anunció que este jueves 10 de septiembre a las 9:00 a.m., se realizará un foro del proyecto de Ley sobre castigo físico del cual es ponente la senadora Paloma Valencia.